Etiqueta: REMUNERACION
Las sumas percibidas por retiro voluntario no están alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias.
Partes: Negri Fernando Horacio c/ Estado Nacional – AFIP DGI s/ Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación Fecha: 15-jul-2014 Cita: MJ-JU-M-87250-AR | MJJ87250 Por carecer de periodicidad y permanencia en el tiempo, la ‘gratificación por cese laboral’ que surge del retiro voluntario, no puede estar sujeta al Impuesto a las Ganancias.
Cambiar el lugar de trabajo y con ello reducir el salario, justifica el despido indirecto
Partes: López Rolando Rubén c/ Sitar S.R.L. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: IX Fecha: 26-mar-2014 Cita: MJ-JU-M-85878-AR | MJJ85878 | MJJ85878 El cambio de lugar de trabajo dispuesto por la empleadora -afectando el nivel remuneratorio a raíz de la falta de percepción de comisiones- justifica el despido indirecto del trabajador.
Empleador debe indemnizar a trabajador al que despidió por -supuestamente- celebrar reuniones en su trabajo
Partes: Rodríguez Atilio José c/ Correo Oficial de la República Argentina s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: IX Fecha: 15-may-2014 Cita: MJ-JU-M-86904-AR | MJJ86904 | MJJ86904 Es ilegítimo el despido de un trabajador por no haberse probado que efectivamente celebraba reuniones -atribuyéndose un cargo gremial- en horario y lugar de trabajo.
Los rubros «incentivo trimestral» y «gratificación anual» deben incluirse en la base salarial para la liquidación final
Partes: Lamas Luis c/ Ferrero Argentina S.A. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: VII Fecha: 31-mar-2014 Cita: MJ-JU-M-86721-AR | MJJ86721 Se incluyen los rubros «incentivo trimestral» y «gratificación anual» en la base salarial para el cálculo de la liquidación final del trabajador, apartándose de la doctrina fijada en el plenario «Tulosai».
Procede el despido indirecto de un abogado que reclamó la registración y remuneración acorde a sus tareas
Partes: E. E. F. c/ Empresa Distribuidora Sur S.A. EDESUR S.A. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: IX Fecha: 30-may-2014 Cita: MJ-JU-M-86715-AR | MJJ86715 | MJJ86715 La negativa patronal a registrar la calidad de abogado del actor y la correspondiente remuneración, justifica el despido indirecto en que se colocó el trabajador.
La falta de pago del aguinaldo justifica el considerarse despedido pues la principal obligación del empleador es pagar el salario
Partes: Rincón Gustavo Adrián c/ Olmedo Eduardo Víctor s/ despido por otras causales Tribunal: Cámara de Apelaciones lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén Sala/Juzgado: Tercera Fecha: 27-may-2014 Cita: MJ-JU-M-86191-AR | MJJ86191 En tanto el pago del salario constituye la principal obligación del empleador, procede tras la intimación pertinente el despido indirecto ante ...
Más controles de personal para consorcios y colegios privados.
Fecha: 11-jun-2014 Cita: MJ-MJN-79903-AR Por Cdor. José L. Ceteri (*) A partir de ahora, la AFIP estará habilitada a efectuar más controles sobre la registración laboral de los encargados de consorcios de propietarios y de los trabajadores no docentes de las escuelas privadas. La medida surge de dos resoluciones que fueron publicadas en el Boletín ...
Aunque el salario no resulte disminuido, el descenso de categoría profesional es causal de despido indirecto
Partes: Diaz María Jimena c/ Vida Activa Mutual s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: VI Fecha: 11-feb-2014 Cita: MJ-JU-M-85509-AR | MJJ85509 El descenso de categoría profesional, aun cuando se mantuviere el salario, autoriza a la trabajadora a considerarse en situación de despido.
La percepción de propinas es antijurídica y por lo tanto no posee carácter remuneratorio
Partes: Salerno Gonzalo Alfredo c/ Estuno S.A. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: V Fecha: 6-dic-2013 Cita: MJ-JU-M-85674-AR | MJJ85674 Lo que excluye el carácter remuneratorio de la percepción de propinas no es una declaración de prohibición sino su antijuridicidad.
