Categoría: PREGUNTAS FRECUENTES

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Para poder percibir la indemnización prevista en el art. 1 de la Ley 25.323 ¿es necesario haber intimado al empleador antes de promover la demanda?

Fecha: 17-sep-2013 Cita: MJ-MJN-73857-AR No, no es necesario. La aplicación del incremento indemnizatorio previsto en el art. 1 de la Ley 25.323 , que dispone que serán incrementadas al doble las indemnizaciones previstas por la Ley 20.744 cuando se trate de una relación laboral que al momento del despido no esté registrada o lo esté ...

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En el proceso laboral ¿es suficiente desconocer la autenticidad, el contenido y/o la recepción de las piezas postales acompañadas por la contraparte? O por el contrario ¿debe redargüirse de falsedad, por tratarse de un instrumento público?

Fecha: 10-sep-2013 Cita: MJ-MJN-73756-AR La cuestión plantea un debate práctico, ya que de resolverse en uno u otro sentido, se decidirá sobre la suerte de este medio probatorio.  Encontramos al respecto diversas respuestas que ha brindado la jurisprudencia.

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Para tener derecho a percibir las indemnizaciones previstas en los arts. 8, 9 o 10 de la Ley Nacional de Empleo, ¿es necesaria la previa extinción del vínculo laboral por despido directo o indirecto?

Fecha: 3-sep-2013 Cita: MJ-MJN-73679-AR No, no es necesario que el vínculo se haya extinguido para tener derecho a percibir las indemnizaciones de los arts. 8, 9 o 10 de la Ley 24.013 , pues así lo prevé expresamente el art. 14 de la misma ley. Consulta a cargo del Dr. Facundo M. Bilvao Aranda.

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Los telegramas devueltos con la consigna ‘rechazados’ o ‘rehusados’ ¿se consideran notificados? ¿Por qué?

Fecha: 13-ago-2013 Cita: MJ-MJN-73218-AR En materia de notificaciones, existe un principio general denominado «teoría de la responsabilidad por el medio empleado», el cual consiste justamente en que quien elige un medio de comunicación asume el riesgo de que la noticia llegue a destino. Aunque este principio cede frente a distintas situaciones fácticas.

¿Cualquier intercambio telegráfico actúa como interpelación auténtica en los términos del art. 3986, párr. 2, del CCiv., a los efectos de suspender el plazo de la prescripción?

Cita: MJ-MJN-70876-AR La respuesta es negativa, lo que hace que las intimaciones deben realizarse cuidadosamente. Al respecto, se ha expresado que la prescripción liberatoria se suspende, por una sola vez, por la constitución en mora del deudor efectuada en forma auténtica, fórmula que solo se configura con una actuación que revista el carácter indubitable de ...

¿Qué beneficios poseen las personas empleadas en el servicio doméstico?

Sección: Preguntas frecuentes Título: ¿Qué beneficios poseen las personas empleadas en el servicio doméstico? Fecha: 3-sep-2012 Cita: MJ-MJN-64927-AR

¿En qué situación se encuentran actualmente las Pensiones Graciables?

Sección: Preguntas frecuentes Título: ¿En qué situación se encuentran actualmente las Pensiones Graciables? Fecha: 29-ago-2012 Cita: MJ-MJN-64791-AR

¿Cómo se debe probar la real prestación de los servicios autónomos a fin de establecer el derecho a las prestaciones del SIPA? (parte 1)

Sección: Preguntas frecuentes Título: ¿Cómo se debe probar la real prestación de los servicios autónomos a fin de establecer el derecho a las prestaciones del SIPA? (parte 1) Fecha: 8-ago-2012 Cita: MJ-MJN-64040-AR