¿Qué beneficios poseen las personas empleadas en el servicio doméstico?

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Sección: Preguntas frecuentes

Título: ¿Qué beneficios poseen las personas empleadas en el servicio doméstico?

Fecha: 3-sep-2012

Cita: MJ-MJN-64927-AR

Las personas contratadas en el servicio doméstico con retiro gozan de los siguientes beneficios previstos en el art. 4  del Dec. Ley 326/56:

a) Descanso semanal de 24 hs. corridas o dos medios días por semana;

b) Un descanso anual de 10 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad al servicio del empleador fuera superior a un año y no exceda de cinco años; 15 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad fuera superior a cinco años y no exceda de diez y de 20 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad fuera superior a diez años.

Consulta a cargo de Facundo Martín Bilvao Aranda – Abogado

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