Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.
Título: ¿Qué beneficios poseen las personas empleadas en el servicio doméstico?
Fecha: 3-sep-2012
Cita: MJ-MJN-64927-AR
Las personas contratadas en el servicio doméstico con retiro gozan de los siguientes beneficios previstos en el art. 4 del Dec. Ley 326/56:
a) Descanso semanal de 24 hs. corridas o dos medios días por semana;
b) Un descanso anual de 10 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad al servicio del empleador fuera superior a un año y no exceda de cinco años; 15 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad fuera superior a cinco años y no exceda de diez y de 20 días hábiles (no corridos) cuando la antigüedad fuera superior a diez años.
Consulta a cargo de Facundo Martín Bilvao Aranda – Abogado
Documentos Relacionados:
Servicio Doméstico, por Sonia Spreafico


