Un despido fundado en la realización de actividades sindicales por parte del trabajador, ¿puede ser considerado como ‘discriminatorio’?

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despido 4Fecha: 29-abr-2014

Cita: MJ-MJN-79038-AR

Sí, puede ser considerado como discriminatorio. Si a raíz de la realización de conductas por parte de trabajador tales como participar de asambleas o reuniones en el lugar de trabajo la patronal decide su despido fundado en esa causa, la decisión extintiva del vínculo laboral podrá ser considerada discriminatoria, en tanto y en cuanto tales tareas están amparadas por la libertad sindical (Conf. CNAT, Sala VII, 16/12/2013, «Millicay, Domingo Esteban c/ Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ despido», MJJ84962 ).

Consulta a cargo del Dr. Facundo M. Bilvao Aranda.

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