Etiqueta: CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN
Procedencia de la demanda de escrituración y daños deducida en el marco de una operación de compraventa inmobiliaria de un bien a construir.
Partes: Rodriguez Norma Elisa c/ Romero Aldo Fernando s/ daños y perjuicios Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributaria de Mendoza Sala/Juzgado: Tercera Fecha: 27-abr-2015 Cita: MJ-JU-M-92284-AR | MJJ92284 | MJJ92284 Procedencia de la demanda de escrituración y daños deducida en el marco de una operación de compraventa inmobiliaria ...
Sin perjuicio de que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación elimine las causales culpables, procede el divorcio por injurias graves de ambos cónyuges
Partes: A. A. M. c/ L. H. P. s/ divorcio Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala/Juzgado: B Fecha: 4-dic-2014 Cita: MJ-JU-M-90602-AR | MJJ90602 | MJJ90602 Sin perjuicio de que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación haya eliminado las causales culpables de divorcio, corresponde confirmar la sentencia de divorcio por ...
Acreditado el abandono de la relación paterno filial, existen justos motivos para suprimir el apellido paterno (art. 69 nuevo Código Civil y Comercial).
Partes: L. C. F. G. s/ información sumaria Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala/Juzgado: H Fecha: 10-mar-2015 Cita: MJ-JU-M-92059-AR | MJJ92059 | MJJ92059 Acreditado el abandono de la relación paterno filial, existen justos motivos para suprimir el apellido paterno (art. 15 Ley 18.248 y art. 69 nuevo Código Civil y Comercial).
No procede la pretensión de responsabilizar a la demandada en los términos del art. 30 de la LCT por el solo hecho de pagarle un canon locativo.
Partes: Santos María José c/ C & J S.R.L. y Cencosud S.A. s/ cobro de pesos e indemnización de ley Tribunal: Cámara de Apelaciones de Trelew Sala/Juzgado: A Fecha: 13-nov-2014 Cita: MJ-JU-M-92006-AR | MJJ92006 | MJJ92006 Improcedencia de la pretensión de la actora de responsabilizar a la demandada en los términos del art. 30 de ...
Una vez dictada la sentencia bajo el régimen de los CCiv y CCom vigentes deberá revisarse en las sucesivas instancias bajo el mismo ordenamiento que se dictó.
Partes: Acuerdo 194 s/ plenario Tribunal: Cámara de Apelaciones de Trelew Sala/Juzgado: en pleno Fecha: 15-abr-2015 Cita: MJ-JU-M-91924-AR | MJJ91924 | MJJ91924 Una vez dictada la sentencia de grado en una causa bajo el régimen de los Códigos Civil y de Comercio hoy vigentes, en las sucesivas instancias judiciales habrá de revisarse la sentencia de ...
La calidad de la primera cuota originaria – abonada con dinero propio – califica como propias las restantes cuotas adquiridas.
Partes: C. M. B. c/ A. R. A. s/ liquidación sociedad conyugal Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Pergamino Fecha: 13-feb-2015 Cita: MJ-JU-M-91217-AR | MJJ91217 | MJJ91217 Al adquirir un inmueble en cuotas, la calidad de la primera cuota originaria – abonada con dinero propio – califica como propias las restantes ...
Se hizo lugar a la demanda de alimentos de una hija mayor de edad contra su madre, pues aquella demostró que estaba cursando estudios universitarios, y que era indispensable contar con dicha cuota para subsistir durante sus estudios.
Partes: B. T. c/ F. A. M. s/ sumario Tribunal: Juzgado de Familia de General Roca Sala/Juzgado: 11 Fecha: 3-nov-2014 Cita: MJ-JU-M-91130-AR | MJJ91130 | MJJ91130 Se hizo lugar a la demanda de alimentos de una hija mayor de edad contra su madre, pues aquella demostró que estaba cursando estudios universitarios, y que era indispensable ...
GPS de arquitectura legal para el nuevo Código Civil y Comercial
Autor: Butlow, Daniel E. Fecha: 3-feb-2015 Cita: MJ-DOC-7057-AR | MJD7057 Sumario: I. Usos, prácticas y costumbres. II. Ejercicio profesional. III. Llave en mano. IV. Inoponibilidad de la personalidad jurídica. Sociedades de un solo socio. V. Firma. Medios electrónicos. VI. Forma y prueba de los contratos. VII. Proyecto. VIII. Precio. IX. Modo de ejecutar la obra. ...
El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación aprobado por Ley 26.994 entrará en vigencia el 1° de agosto de 2015.
Título: Código Civil y Comercial de la Nación. Ley 26.994. Art. 7. Modificación. Vigencia. Tipo: LEY Número: 27077 Emisor: Poder Legislativo Nacional Fecha B.O.: 19-dic-2014 Localización: NACIONAL Cita: LEG68120 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
