En esta oportunidad presentamos un comentario de Adela Perez del Viso, especialista en Derecho Laboral, sobre dos fallos, uno de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná Sala II y otro, su consecuente apelación en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos, en los cuales se trata la acción de amparo deducida por la empleada municipal ante la revocación de su designación en planta permanente.
Datos de la colaboradora: Adela Perez del Viso
– Abogada y Notaria (U.N.L. 1986.1988).
– Se desempeña en el estudio jurídico Perez del Viso & Costanzo desde 1990 en la ciudad de San Luis.
– Trabaja en el área del derecho laboral exclusivamente desde 1996.
– Diplomada en Derecho de las Familias (2017, Universidad Católica de Cuyo).
– Especialista en Educación y Derechos Humanos y en Educación y TIC.
– Profesora de la Universidad Católica de Cuyo sede San Luis en materias Inglés Jurídico y Redacción y Análisis de textos jurídicos y académicos.
– Directora de la Diplomatura en Inglés Jurídico para Derechos Humanos de la Universidad Católica de Cuyo San Luis.
Autora de numerosos artículos de derecho laboral y en Inglés Jurídico.
Fallos analizados: Partes: Muñoz Manuela Silvina c/ Municipalidad de Paraná s/ acción de amparo
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos
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