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Por medio de tres decretos publicados el pasado sábado 19 de octubre de 2019 en el Diario Oficial, el Presidente de la república Sebastián Piñera declaró estado de excepción constitucional de emergencia en distintas provincias y comunas de nuestro país, producto las protestas por el alza del pasaje de las cuales se derivaron diversos acontecimientos que implicaron daños a la propiedad pública y privada, barricadas, incendios y paralización del servicio de transporte.
Cabe destacar que según el artículo N° 42 de la Constitución Política de la República de Chile, el estado de emergencia se declara en caso de grave alteración del orden público o de grave daño para la seguridad de la Nación, por medio del Presidente de la República, determinando las zonas afectadas por dichas circunstancias, esto también en relación de la Ley Nº 18.415, Orgánica Constitucional de los Estados de Excepción.
Decreto N°472: Declara Estado de Excepción en las provincias de Santiago y Chacabuco, y las comunas de Puente Alto y San Bernardo:
En primer lugar el Decreto N° 472 declaró estado de excepción constitucional de emergencia en las provincias de Santiago y Chacabuco, y las comunas de Puente Alto y San Bernardo de la Región Metropolitana, producto de los diversos atentados contra la propiedad pública y privada en los sectores de la Región Metropolitana, especialmente contra medios de transporte público de pasajeros, lo que se materializó en la destrucción de buses y total paralización de la red del Metro de Santiago, incluyéndose respecto de este último servicio la quema y destrucción de sus bienes e instalaciones en diversas estaciones, además de la quema, saqueo y destrucción de edificios y locales comerciales.
De igual manera el documento señala que se desarrollaron durante la jornada del pasado sábado, numerosas barricadas que impidieron la adecuada circulación de vehículos y personas a través de la ciudad, afectándose con ello la garantía de libre circulación de las personas.
Todo lo anterior representó una grave alteración del orden público, frente a la cual el Estado debió actuar, con el objeto de asegurar la integridad, seguridad y tranquilidad de sus habitantes, requiriéndose de medidas extraordinarias orientadas a la protección de las personas y sus bienes.
Es por ello que el presidente declaró estado de excepción en las zonas señaladas por un plazo de 15 días desde la publicación del presente decreto en el Diario Oficial, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8º de la ley Nº 18.415.
Asimismo designó como Jefe de la Defensa Nacional en la zona señalada al General de División del Ejército, señor Javier Iturriaga del Campo, quien tendrá todas las facultades previstas en el artículo 5º de la ley Nº 18.415, especialmente la prevista en su número 1, esto es, asumir el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, especialmente, la de la Intendente de la Región de Metropolitana. Consulte texto completo del Decreto N° 472.
Decreto N° 473: Declara Estado de Excepción en la Región de Valparaiso
Finalmente por medio de este decreto el presidente de la república declaró estado de excepción constitucional de emergencia, como zona afectada, la Región de Valparaíso, con excepción de la provincia de Isla de Pascua y la comuna de Juan Fernández, por un plazo de 15 días. Asimismo se designó como Jefe de la Defensa Nacional en la zona señalada en el artículo anterior al Contralmirante, señor Juan Andrés de la Maza Larraín, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, especialmente, la del Intendente de la Región de Valparaíso.
Este decreto también se dicto producto de los múltiples atentado a la propiedad y demás desórdenes públicos que afectaron la garantía de libre circulación de las personas, así como el orden y la seguridad públicos. Consulte texto completo del Decreto N° 473.
Decreto N° 474: Declara Estado de Excepción en la provincia de Concepción
Por medio de este decreto se declaró estado de excepción constitucional de emergencia, como zona afectada, la provincia de Concepción, por un plazo de 15 días. Asimismo se designó como Jefe de la Defensa Nacional en la zona señalada en el artículo anterior al Contralmirante, señor Carlos Huber Vio, quien asumió el mando de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que se encuentren en la zona declarada, para los efectos de velar por el orden público y de reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad en la zona, debiendo observar las facultades administrativas de las autoridades institucionales colocadas bajo su jurisdicción, especialmente, la del Intendente de la Región del Biobío.
Lo anterior, producto de que en la zona mencionada se dieron a lugar, de igual manera, múltiples atentados contra la propiedad pública y privada, además de desórdenes públicos y barricadas. Todo ello ha impedido la adecuada circulación de vehículos y personas a través de diversos sectores de la provincia de Concepción, afectándose con ello la garantía de libre circulación de las personas, así como el orden y la seguridad públicos. Consulte texto completo del Decreto N° 474.
Cabe resaltar que durante las jornadas de los días sábado 19 y domingo 20 de octubre hasta la madrugada de hoy, se decretaron 2 toques de queda en las diferentes zonas afectadas.