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En los comercios bonaerenses el consumidor no está sujeto a restricciones de días y horarios para el cambio de un producto.

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Título: LEY N° 14374 – Derechos del consumidor. Comercios. Provincia de Buenos Aires. Eliminación de restricciones de días y horarios establecidas para el cambio de un producto adquirido.

Emisor: Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires

Fecha B.O.: 14-sep-2012

Localización: BUENOS AIRES

Cita: LEG48571

Artículo 1.- Para el cambio de un producto adquirido en el marco de una relación de consumo, no se podrán imponer restricciones de días y horarios especiales.

Artículo 2.- El propietario, gerente, encargado o responsable de cualquier local, comercio o establecimiento será el responsable del cumplimiento de lo dispuesto en la presente, debiendo exhibir en los locales referidos y en lugar visible, un cartel con la leyenda.- “EL CONSUMIDOR NO ESTÁ SUJETO A RESTRICCIONES DE DÍAS Y HORARIOS PARA EL CAMBIO DE UN PRODUCTO”, consignándose el número de Ley pertinente.

La Autoridad de Aplicación determinará las condiciones que deberá reunir el cartel aludido.

Artículo 3.- En caso de incumplimiento de la presente Ley serán de aplicación las sanciones previstas en la Ley 13133 y sus modificatorias.

Artículo 4.- El Poder Ejecutivo promoverá la realización de campañas de difusión de lo normado en la presente.

Artículo 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cinco días del mes de julio de dos mil doce.

 

 

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  1. Pues es unn muy buen artículo. Un saludo.

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