Etiqueta: SAC

Liquidación de aguinaldo: No corresponde calcular el SAC sobre el rubro ‘preaviso’, al no tratarse de una retribución de carácter remunerativo sino indemnizatoria
Partes: Gaia Hermanos S.A. en J: 150570 ‘Astorga Roxana Nerina c/ Tía Maruca Argentina S.A. y otros s/ despido’ s/ recurso extraordinario provincial Tribunal: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza Sala/Juzgado: Segunda Fecha: 19-jun-2019 Cita: MJ-JU-M-120297-AR | MJJ120297 | MJJ120297

El alimentante que estuvo de vacaciones con sus hijos y solventó los gastos, tiene derecho al reintegro de la mitad del aguinaldo retenido
Partes: G. E. y otros c/ Z. E. H. s/ alimentos Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Sala/Juzgado: E Fecha: 9-oct-2018 Cita: MJ-JU-M-115397-AR | MJJ115397 | MJJ115397

La solidaridad laboral que surge del art. 30 LCT es inaplicable al franquiciante ante el despido de un dependiente del franquiciado
Partes: Corsino Claudia Andrea c/ Strategos SRL y otros s/ despido directo por otras causales Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén Sala/Juzgado: I Fecha: 21-feb-2017 Cita: MJ-JU-M-103401-AR | MJJ103401 | MJJ103401

A los fines de la determinación del impuesto a las ganancias, aquellos cuya remuneración no supere los $55.000, podrán deducir $15.000 correspondiente al medio aguinaldo.
Título: DECRETO N° 1253/2016 – Impuesto a las Ganancias. Año 2016. Segunda cuota del Sueldo Anual Complementario. Determinación. Deducción Especial. Incremento. Fecha B.O.: 14-dic-2016 Localización: NACIONAL Cita: LEG83262 Visto el Expediente N° EX-2016-03235464-APN-DMEYN#MH del Registro del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 23 de la Ley de Impuesto a ...

Es injustificado el despido de un administrativo de obra social que no intervino para neutralizar incidentes de un afiliado en la sede, pues no era su deber actuar.
Partes: Abrego Jorge Daniel c/ Obra Social del Personal de Seguridad Comercial, Industrial e Investigaciones Privadas O.S.P.S.I.P. s/ despido Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala/Juzgado: III Fecha: 19-feb-2015 Cita: MJ-JU-M-92661-AR | MJJ92661 | MJJ92661 No procede el despido de un trabajador administrativo de obra social al que se le imputó no haber intervenido ...

Se modifica la ley de contrato de trabajo indicando que la primera cuota del sueldo anual complementario vence el 30 de junio y la segunda el 18 de diciembre de cada año.
Título: LEY N° 27073 – Contrato de Trabajo. Sueldo Anual Complementario. Época de pago. Ley 20.744. Art. 122. Modificación. Tipo: LEY Número: 27073 Emisor: Poder Legislativo Nacional Fecha B.O.: 20-ene-2015 Localización: NACIONAL Cita: LEG68782 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: