#Legislación Se aprueba el Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA).

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Tipo: Resolución

Nro: 1115

Emisor: Ministerio de Salud

Localización: NACIONAL

Fecha: 24 de agosto de 2026

Colección: Legislación

Cita: MJ-LEG-148027-AR|LEG148027|

VISTO el EX-2026-66916293-APN-DGD#MS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 27.043 y su Decreto Reglamentario N° 777 del 20 de noviembre de 2019 y sus modificatorios y complementarios, el Decreto N° 1138 del 30 de diciembre de 2024 y modificatorios, las Resoluciones del Ministerio de Salud N° 1997 del 8 de septiembre de 2023, N° 3050 del 3 de diciembre de 2025; y,

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establecido por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), en su Artículo 23°, compete al MINISTERIO DE SALUD entender en todo lo inherente a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad y, en particular, ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia destinados a la mejora de la calidad y al logro de la equidad de los sistemas de salud, garantizando a la población el acceso a los bienes y servicios de salud, así como también intervenir en las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos humanos destinados al área de la salud, respectivamente (incisos 3° y 18).

Que el Decreto N° 1138/2024 y sus modificatorios, establece que es responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, «gestionar las redes locales, regionales y nacionales, ordenadas según criterios de riesgo, que contemplen el desarrollo de los recursos para la atención primaria de la salud mental, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, articulando los diferentes niveles y estableciendo los mecanismos de referencia y contrarreferencia «.

Que la mentada norma indica que corresponde a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL promover acciones que contribuyan a la unificación de criterios sobre la mejor forma de atención psiquiátrica y propiciar las modificaciones necesarias, así como su incorporación en las instancias de formación y capacitación profesional, en el ámbito de su competencia.

Que por Resolución del Ministerio de Salud N° 3050/2025 se aprobó el «PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN SALUD MENTAL», cuyos ejes y objetivos se instituyen en el ANEXO I (IF-2025-109585347-APN-SSIYF#MS) que forma parte integrante de la referida norma

Que acorde lo expuesto, se instituye como «Eje 1 Rectoría», «Promover el fortalecimiento institucional a través de acciones de formación para todos los cursos de vida en las problemáticas emergentes, críticas y prevalentes en cada jurisdicción «.

Que asimismo, dicho Programa Nacional consigna en su «Eje 2: Interdisciplina» el objetivo de «Fortalecer las estrategias de formación para la conformación y desarrollo de equipos interdisciplinarios a nivel nacional y local a través del desarrollo de programas y planes de formación continua y actualización técnica para profesionales de distintas disciplinas del campo de la salud mental «.

Que la Ley N° 27.043 y su Decreto Reglamentario N° 777 del 20 de noviembre de 2019 declara de Interés Nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA)

Que dentro del campo de la salud mental, y en concordancia con lo dispuesto en el Consenso sobre Diagnóstico y Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista, aprobado mediante la Resolución N° 2641 del 21 de octubre de 2019 del Ministerio de Salud, el Trastorno del Espectro Autista, en adelante TEA, se reconoce – tal como lo establece el Decreto Reglamentario N° 777/2019 de la Ley N° 27.043 – desde una perspectiva del neurodesarrollo, como una condición que se configura en el curso del desarrollo y que debe comprenderse en relación con las trayectorias evolutivas de las personas.

Que en virtud de lo señalado, resulta oportuno y necesario, para el trabajo conjunto con las jurisdicciones locales, organismos públicos y privados y con la comunidad en general del campo de la Salud Mental, la aprobación del PLAN NACIONAL DEL TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA, con referencia técnica a nivel nacional sobre los principales trastornos neurológicos asociados a la salud mental.

Que dicho Plan tendrá como objetivo general impulsar la mejora continua en la calidad de la atención, el tratamiento, la rehabilitación, recuperación y la continuidad de cuidados destinados a las personas con Trastorno del Espectro Autista y sus familias, promoviendo el diagnóstico y la detección temprana, la intervención oportuna y el acceso a tratamientos adecuados, en estricta concordancia con los principios normativos y los estándares clínicos nacionales e internacionales vigentes en la materia.

Que la presente medida es propiciada por la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA.

Que la Dirección Nacional de Abordaje por Curso de Vida dependiente de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES SECTORIALES Y ARTICULACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la Dirección Nacional de Calidad y Desarrollo del Talento en Salud dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la SECRETARÍA NACIONAL DE DISCAPACIDAD ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para esta jurisdicción.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 103 de la Constitución Nacional y por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Apruébase el PLAN NACIONAL DEL TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA (TEA), en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE ALUD MENTAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, el cual tendrá los ejes y objetivos que se instituyen en el ANEXO I (IF-2026-79614776-APN-DNAISM#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°. – Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias, guías, pautas, directrices y/o recomendaciones necesarias para el cumplimiento y la implementación del Plan aprobado por el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°. – El dictado de la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para esta jurisdicción.

ARTÍCULO 4°. – La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

Plan Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA)

Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental

El presente Plan establece lineamientos rectores de alcance nacional destinados a orientar a las

jurisdicciones provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del federalismo sanitario

vigente, y contempla asimismo acciones programáticas específicas a desarrollar en el ámbito de los efectores,

dispositivos y programas existentes en el ámbito del Ministerio de Salud de la Nación.

A. Análisis del contexto institucional

El Ministerio de Salud de la Nación, en su carácter de autoridad de aplicación de las leyes y reglamentaciones

vigentes, tiene a su cargo la intervención en lo referente a la salud mental de la población, la promoción de

conductas saludables en la comunidad y el impulso de estándares de atención adecuados y el respeto por los

derechos reconocidos por el ordenamiento jurídico vigente, así como la formulación y ejecución de políticas y

programas sanitarios, coordinando con las jurisdicciones provinciales en el marco del federalismo sanitario

vigente, a fin de promover el acceso a servicios de salud de calidad.

En este marco, la salud mental se reconoce como un proceso determinado por componentes históricos,

socioeconómicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica acciones de

promoción, prevención, tratamiento, rehabilitación y una dinámica orientada a favorecer la autonomía y

mejorar la calidad de vida de las personas.

En el ámbito de la salud mental, y en concordancia con lo dispuesto en el Consenso sobre Diagnóstico y

Tratamiento de Personas con Trastorno del Espectro Autista, aprobado mediante la Resolución N.º 2641/2019

del Ministerio de Salud, el Trastorno del Espectro Autista (TEA) se reconoce ?tal como lo establece el

Decreto Reglamentario N.º 777/2019 de la Ley 27.043? desde una perspectiva del neurodesarrollo, como

una condición que se configura en el curso del desarrollo y que debe comprenderse en relación con las

trayectorias evolutivas de las personas.

Su caracterización clínica se desarrolla en el apartado ?Definición y

epidemiología de la problemática a abordar? del presente documento.

Partiendo de la normativa y del Consenso, se destaca la necesidad de abordar a las personas con TEA desde

una perspectiva del neurodesarrollo y en la que se que reconozca la subjetividad y los modos singulares de

relación con el entorno, evitando enfoques centrados exclusivamente en el déficit conductual.

La intervención se orienta a la construcción de vínculos y a la generación de oportunidades de desarrollo y

aprendizaje a partir de los intereses y modalidades propias de cada persona. En este marco, la inclusión

social se entiende como un proceso que se configura a partir de la adecuación de los distintos entornos a las

necesidades individuales, favoreciendo la participación y el desarrollo funcional en los diversos ámbitos de la

vida cotidiana.

La creciente identificación de esta condición, junto con su impacto en las familias y en el sistema de salud,

justifica el establecimiento de los lineamientos para un abordaje integral de carácter científico, clínico y de

salud pública, en virtud de que se encuentra demostrado que la detección, el diagnóstico y el tratamiento

tempranos contribuyen significativamente a mejorar el pronóstico de las personas con Trastorno del Espectro

Autista (TEA).

Por otra parte, en el marco de sus funciones establecidas por los Decretos 1058/2024 y 1138/2024, la

Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental tiene como responsabilidad primaria proponer y

desarrollar planes, programas y políticas públicas en materia de salud mental.

En este sentido, se aprobó mediante Resolución Ministerial N.º 3050, con fecha del 5 de diciembre de 2025,

el Programa Nacional de Formación en Salud Mental, en el ámbito de dicha Dirección Nacional.

Este

programa tiene como objetivo general promover la actualización y mejora de las prácticas asistenciales,

conforme a los principios normativos nacionales e internacionales vigentes, a través de la formación, la

capacitación en servicio, la puesta en valor de buenas prácticas existentes, el desarrollo de investigación y la

creación de herramientas de estandarización de procesos para la mejora continua de la calidad en la

asistencia en salud mental.

Dentro de este marco, el abordaje del Trastorno del Espectro Autista (TEA) se integra como una prioridad,

promoviendo que las acciones, estrategias y capacitaciones contemplen la atención integral e

interdisciplinaria de las personas con TEA, en concordancia con la normativa vigente y los estándares de

calidad.

En relación con lo expuesto, la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental del Ministerio de

Salud de la Nación se constituye como el área técnica competente en la materia, en cumplimiento de lo

previsto por la Ley N.º 27.043, que establece el abordaje integral e interdisciplinario de las personas con

Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Consecuentemente, corresponde a esta Dirección la elaboración de los principios rectores en materia de

atención primaria de la salud mental, orientados al desarrollo de la formación continua, a la generación de

conocimiento y a su adecuada difusión respecto del Trastorno del Espectro Autista (TEA). En este sentido,

constituye parte de su misión promover acciones tendientes a la armonización de criterios sobre las

modalidades de atención, promoviendo recomendaciones y lineamientos técnicos orientados a favorecer su

incorporación en los procesos de formación y capacitación profesional dentro del ámbito de su competencia.

El Ministerio de Salud de la Nación ejerce competencias de rectoría en cuanto a la coordinación y la

participación del nivel nacional y de las jurisdicciones con respecto a la implementación de políticas

destinadas a dicha temática y de normativas orientadas a promover estándares de accesibilidad y calidad en

los servicios de salud.

Atento a lo mencionado anteriormente, resulta conveniente aprobar el plan de

referencia técnica a nivel

nacional destinado a establecer lineamientos y recomendaciones para las jurisdicciones y los diversos actores

públicos y privados del sistema de salud, orientado a mejorar la calidad de la atención, el tratamiento, la

rehabilitación y recuperación, y la continuidad de cuidados de las personas con Trastorno del Espectro

Autista (TEA), así como en lo referente a la psicoeducación de las familias y cuidadores.

El presente plan establece los lineamientos para la implementación de estrategias integrales que contribuyan

a mejorar las prácticas de atención, promuevan el diagnóstico temprano, la intervención oportuna y que

favorezcan un tratamiento adecuado para las personas con TEA.

Las acciones previstas en el presente Plan se desarrollarán en el marco de las competencias asignadas al

Ministerio de Salud de la Nación, priorizando sus funciones de rectoría, generación y difusión de evidencia,

elaboración de recomendaciones técnicas y cooperación con las jurisdicciones.

En virtud de lo expuesto, y en el marco del Programa Nacional de Formación, bajo la órbita de la Dirección

Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental del Ministerio de Salud de la Nación, se realiza el Plan

Nacional del Trastorno del Espectro Autista (TEA), que tendrá los siguientes ejes:

– Eje 1- Promoción y Prevención

– Eje 2- Formación y Capacitación de Recursos Humanos

– Eje 3- Apoyo a las Personas con TEA y sus Familias

– Eje 4- Investigación, Innovación y Sistemas de Información

– Eje 5- Coordinación Intersectorial

– Eje 6- Diagnóstico de Situación – Epidemiología

B. Definición y epidemiología de la problemática a abordar

El Trastorno del Espectro Autista (TEA) se refiere a una afección del neurodesarrollo definida por una serie de

características del comportamiento, que presenta como manifestaciones centrales alteraciones en la

comunicación y en las interacciones sociales, junto a otras características, como comportamientos repetitivos,

restringidos y estereotipados.

Las manifestaciones pueden ser muy variables entre individuos y a través del

tiempo, acorde al crecimiento y maduración de las personas, y generalmente con impacto de por vida.

Asimismo, a fin de completar la definición anterior, es importante destacar que estas características suelen

acompañar a la persona durante toda su vida, aunque su expresión puede cambiar con el crecimiento y la

maduración.

El término ?afección? comprende condiciones que incluyen trastornos mentales, discapacidades psicosociales

y otros estados asociados a malestar significativo y deterioro funcional. De este modo, la noción de afección

favorece una aproximación integral centrada en las necesidades de atención, apoyo y de continuidad de

cuidados.

La noción de ?espectro? ha sido utilizada como una categoría clínica para dar cuenta de la variabilidad en las

manifestaciones del Trastorno del Espectro Autista (TEA) observadas en las personas a lo largo del curso

vital. Sin embargo, en el ámbito científico contemporáneo se han planteado debates en torno a su alcance

conceptual, particularmente en relación con la amplitud de los perfiles incluidos. En este sentido, se ha

señalado que la progresiva expansión del concepto -si bien resultó históricamente relevante para superar

modelos categoriales rígidos e incorporar la diversidad de presentaciones clínicas podría haber excedido sus

alcances originales, dificultando la delimitación de características clínicas comunes y afectando su precisión

diagnóstica, especialmente frente a la heterogeneidad creciente de presentaciones y al aumento de

diagnósticos en etapas posteriores de la vida.

Asimismo, la inclusión de perfiles clínicos altamente diversos dentro de una misma categoría puede reducir la

especificidad del diagnóstico, generar limitaciones en la comparabilidad de los casos y plantear desafíos para

la investigación clínica, la definición de estrategias de intervención.

En este marco, la ampliación del espectro

podría derivar en una categoría con límites difusos y menor operatividad en la práctica asistencial, con

potencial impacto en la validez clínica del diagnóstico y en la organización de los sistemas de atención.

En este contexto, el término ?espectro? ha sido objeto de revisión crítica orientada a precisar sus alcances y

fortalecer su valor clínico. En consecuencia, su uso requiere un abordaje diagnóstico criterioso, que evite

reduccionismos y generalizaciones, priorizando la evaluación clínica contextualizada e integral y el análisis

individual de cada caso. De acuerdo con la Clasificación Internacional de Enfermedades, 11.ª Revisión (CIE11), el TEA se clasifica dentro de los trastornos del neurodesarrollo, destacándose la amplia variabilidad en su

presentación clínica y en los niveles de apoyo que pueden requerirse a lo largo del curso vital.

Desde este encuadre, el proceso diagnóstico en la infancia y en la adolescencia debe comprenderse como

una instancia clínica situada, que integre dimensiones subjetivas, vinculares, institucionales y sociales

considerando el entorno familiar y las condiciones sociales que inciden en el desarrollo, evitando la utilización

de categorías que simplifiquen ciertas experiencias complejas.

Las buenas prácticas clínicas establecen que el diagnóstico debe construirse desde una perspectiva

interdisciplinaria, basada en entrevistas, observaciones y análisis del contexto, considerando la evolución

temporal individual de la persona.

En este marco, el abordaje requiere impulsar lineamientos y principios rectores para fomentar en los

dispositivos y servicios la atención integral que promueva la comunicación, el juego, la participación en

entornos comunitarios y la integración con los entornos coyunturales.

La complejidad de los malestares

infantiles y adolescentes exige de abordajes intersectoriales que articulen de manera sostenida acciones del

sistema de salud, del sistema educativo y de las redes sociales y comunitarias de apoyo, reconociendo que el

desarrollo y el bienestar de las personas con TEA se configuran en interacción con los distintos entornos en

los que participan.

De acuerdo a datos de organismos internacionales, se estima que 1 de cada 160 niños en el mundo presenta

TEA. Sin embargo, esta cifra puede variar según los criterios diagnósticos y el contexto de cada país. El

aumento en los diagnósticos puede estar relacionado con cambios en los criterios, mayor sensibilización y

reconocimiento del trastorno, diferencias metodológicas en los estudios o un incremento real en la

prevalencia.

El Trastorno del Espectro Autista (TEA), cuya definición y características se detallan en el apartado

correspondiente, presenta una etiología multifactorial, asociada a la interacción de factores genéticos y

ambientales. Su comprensión requiere considerar, asimismo, la influencia de los factores familiares, sociales,

educativos y comunitarios que intervienen en las trayectorias de desarrollo, el funcionamiento y la

participación de cada persona. Por lo tanto, el diagnóstico se fundamenta en la observación clínica

sistemática de signos y síntomas, junto con la aplicación de criterios clínicos validados. Se destaca también la

importancia de intervenciones personalizadas que consideren la singularidad del sujeto y los apoyos

específicos requeridos, así como la detección de las condiciones comórbidas que pueden incidir en el

funcionamiento y el bienestar. Las estrategias de abordaje deberán contemplar la interacción entre la persona

y sus entornos, promoviendo condiciones de accesibilidad, participación e inclusión que favorezcan su

autonomía y calidad de vida.

Su comprensión requiere considerar la influencia de los factores familiares,

sociales, educativos y comunitarios que intervienen en las trayectorias de desarrollo, el funcionamiento y la

participación de cada persona.

Es frecuente la presencia de comorbilidades tales como trastornos del desarrollo del lenguaje, ansiedad,

trastorno por déficit de atención con hiperactividad (TDAH) o epilepsia. Estas condiciones, potencialmente

vinculadas con la etiología subyacente, requieren de abordajes diagnósticos y terapéuticos coordinados. En

este sentido, los perfiles etiológicos pueden incidir en la selección de modalidades de intervención, ya sea en

el hogar, la escuela o la comunidad, y en la utilización de herramientas de apoyo y tecnologías de

telemedicina.

En virtud de lo expuesto, se destaca que el tratamiento debe ser interdisciplinario, individualizado y centrado

en la persona y su familia, con el propósito de favorecer el desarrollo integral y la calidad de vida,

promoviendo la comunicación, la interacción social, la autonomía y la participación activa en los distintos

ámbitos de la vida. Considerando la marcada heterogeneidad del Trastorno del Espectro Autista (TEA), las

intervenciones deben adaptarse a los perfiles clínicos individuales, a las necesidades específicas y a las

preferencias de cada persona y su entorno familiar, promoviendo la participación activa de la familia y de los

entornos relevantes.

Debido a la amplia variabilidad, se observan diferencias tanto en la intensidad como en el tipo de

manifestaciones las habilidades cognitivas, sensoriales. Esta variabilidad persiste a lo largo del curso vital,

configurando una trayectoria con apoyos ajustados a sus necesidades específicas, orientados a favorecer la

autonomía, y la calidad de vida de cada persona.

A medida que las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA) adquieren nuevas competencias y

reciben apoyos e intervenciones terapéuticas adecuadas, las manifestaciones clínicas pueden modificarse a

lo largo del ciclo vital:

Primera infancia: predominan signos como retraso en la adquisición del lenguaje, escaso desarrollo

del juego simbólico y limitaciones en la interacción social temprana.

Edad escolar:

se hacen más evidentes las dificultades en la comprensión y aplicación de normas

sociales, la adaptación a cambios en el entorno y las alteraciones en la comunicación pragmática.

Adolescencia: pueden emerger o intensificarse desafíos relacionados con la autonomía funcional, la

regulación emocional y la presencia de síntomas de ansiedad social.

Adultez: algunos individuos desarrollan estrategias compensatorias y logran mayor autonomía,

mientras que otros requieren apoyos continuos y significativos, especialmente en áreas críticas como la

inserción laboral, la vida independiente y la construcción de vínculos interpersonales.

La variabilidad en la presentación clínica del TEA exige enfoques de intervención individualizados y

adaptativos a lo largo del desarrollo. Sus manifestaciones son intrínsecamente diversas, modificándose con la

maduración y expresándose de manera diferencial en la infancia, adolescencia y adultez. Esta variabilidad se

observa particularmente en las dimensiones de flexibilidad social y comunicacional, lo que implica que

personas con el mismo diagnóstico de TEA pueden presentar necesidades distintas, perfiles de manifestación

diversos y un impacto funcional distinto, matizado por singularidades subjetivas únicas. Es fundamental

considerar estas diferencias individuales para su abordaje terapéutico.

En relación a ello, el abordaje debe ser integral y transversal, articulando estrategias con respecto al

desarrollo, la comunicación, la conducta, el procesamiento sensorial y el apoyo educativo, coordinadas entre

la familia, los servicios de salud, el sistema educativo y los dispositivos socio-comunitarios. La participación

activa de la familia constituye un componente esencial.

La capacitación y el acompañamiento de los cuidadores favorecen la implementación de estrategias en su

ámbito y otros entornos, y la continuidad de cuidados.

En virtud de lo expuesto, y en el marco del presente Plan, la atención debe estructurarse en torno a tres ejes

integrados: 1) detección temprana; 2) evaluación interdisciplinaria; y 3) planes de tratamiento de carácter

integral.

En coherencia con este enfoque, las estrategias deben impulsar el acceso, la integración y la

continuidad de cuidados, respondiendo tanto a la heterogeneidad clínica del TEA como a las necesidades de

las familias.

C. Análisis de implementación

C.1 Objetivo general del Plan:

Establecer lineamientos técnicos de alcance nacional orientados a mejorar la calidad del abordaje sanitario de

las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), incluyendo tratamiento, rehabilitación y continuidad de

cuidados. A partir de la promoción de la detección y el diagnóstico oportuno, la adopción de intervenciones

basadas en evidencia científica y la disponibilidad de información adecuada para la toma de decisiones por

parte de las personas, las familias y los equipos de salud, en el marco de las competencias de cada

jurisdicción y con criterios de eficiencia, calidad y respeto por la autonomía individual.

C.2 Objetivos específicos por eje:

Eje 1- Promoción y Prevención

Promover el diseño de campañas nacionales de prevención, sostenidas, participativas y basadas en

evidencia, orientadas a fortalecer el conocimiento y la sensibilización respecto del TEA en el ámbito de

la salud pública y como una condición que requiere abordaje integral.

Se entiende por campañas nacionales la elaboración de piezas comunicacionales y su difusión a través

de los canales oficiales de comunicación y envío como insumo a las jurisdicciones.

Proporcionar a la población el acceso a la información actualizada, accesible y adaptada a su

coyuntura, en relación al diagnóstico por TEA, medidas de afrontamiento en su ámbito cotidiano y

social, las estrategias de apoyo y los derechos de las personas afectadas, con el propósito de reducir el

estigma social, combatir los mitos y las concepciones err óneas sobre esta problemática, a fin de

favorecer decisiones informadas por parte de las personas y sus familias.

Proveer lineamientos nacionales que impulsen un abordaje tanto clínico como social, a partir de la

promoción de mensajes positivos y no estigmatizantes que destaquen las capacidades y la dignidad de

las personas

con Trastorno del Espectro Autista (TEA), a la vez que se jerarquice el rol de los

cuidadores y de las redes de apoyo en su desarrollo integral.

Promover acciones psicoeducativas como talleres, charlas y actividades intergeneracionales,

destinadas a fomentar la interacción y la construcción de entornos sociales con las personas con TEA,

en concordancia con los principios de priorización sanitaria basada en riesgo y no discriminación.

Promover la incorporación de herramientas de pesquisa de indicadores de desarrollo social,

comunicacional y conductual que puedan sugerir la presencia de rasgos compatibles con el diagnóstico

de TEA, a fin de favorecer la detección temprana y la derivación oportuna a equipos de atención

interdisciplinarios especializados.

Promover que la detección temprana se realice mediante criterios clínicos específicos y en

articulación con el contexto familiar, educativo y su ámbito cotidiano, a fin de evitar interpretaciones

diagnósticas prematuras. La identificación de señales de alerta requiere de una evaluación

interdisciplinaria que incorpore las condiciones subjetivas, sociales y ambientales que inciden en el

desarrollo.

Eje 2- Formación y Capacitación de Recursos Humanos

Promover lineamientos y recomendaciones para la detección temprana y el abordaje de las personas

con TEA en los distintos niveles de atención del sistema de salud.

– Fomentar el diagnóstico oportuno y el acceso a servicios especializados.

Brindar herramientas técnicas a los equipos de atención en materia de fortalecimiento de la red de

atención primaria en salud, orientada a la detección temprana del Trastorno del Espectro Autista (TEA),

a fin de posibilitar intervenciones oportunas que contribuyan a mejorar de manera significativa la

evolución de una proporción relevante de niños y adolescentes con TEA.

Brindar herramientas a las familias y a los equipos docentes para la adecuada provisión de apoyos a

niños y adolescentes con Trastorno del Espectro Autista (TEA) en sus entornos cotidianos ?hogar,

instituciones educativas y entorno social?, promoviendo la integración, el desarrollo integral y la

continuidad de cuidados.

– Promover en el personal de salud el abordaje de la psicoeducación orientado a familiares y cuidadores.

Eje 3- Apoyo a las Personas con TEA y sus Familias

Promover en los equipos de salud la perspectiva de un abordaje integral que contemple la atención

psicológica, psiquiátrica, social y destinada a familiares y cuidadores.

Orientar todas las intervenciones tempranas hacia los niños y adolescentes con TEA, favoreciendo la

participación activa y efectiva de los padres, referentes afectivos y/o cuidadores principales como parte

del proceso terapéutico.

Eje 4- Investigación, Innovación y Sistemas de Información

Promover el desarrollo de herramientas de investigación y actualización de información epidemiológica

sobre TEA.

Eje 5- Coordinación Intersectorial

Fomentar la articulación intra e interministerial con diversas áreas como discapacidad, cursos de vida,

educación, etc.

Promover la articulación técnica intersectorial entre los dispositivos de salud, educación y cuando la

adecuada atención sanitaria de las personas con TEA requiera articulación con otros sectores.capital

humano

Eje 6- Diagnóstico de Situación – Epidemiología

Promover el desarrollo de un diagnóstico de situación epidemiológica del Trastorno del Espectro Autista

(TEA), orientado a generar información actualizada y confiable, a fin de fortalecer la planificación de

políticas públicas en salud mental.

4. Elaboración de líneas de acción por Eje

Eje 1- Promoción y Prevención

Difusión de campañas nacionales de información, de conformidad con lo establecido en el objetivo

específico del Eje 1 y en articulación con las jurisdicciones, para reducir el estigma asociado al TEA y

promover la comprensión pública, siguiendo experiencias internacionales.

Las mismas se difundirán a

través de los canales oficiales de comunicación y se enviarán como insumo a las jurisdicciones.

Realización de cursos, conversatorios y capacitaciones, en el marco del Programa Nacional de

Formación, dirigidos a los equipos de salud sobre los signos tempranos del TEA y la importancia de la

detección precoz.

Desarrollo y difusión de materiales psicoeducativos multiformato (folletos, videos, guías, podcasts) y

estrategias de comunicación digital y presencial, adaptadas a distintos grupos etarios, niveles

educativos y contextos regionales, a fin de alcanzar una amplia cobertura territorial y poblacional.

Eje 2 – Formación y Capacitación de Recursos Humanos

Elaborar guías de detección temprana, diagnóstico y abordaje como referencia técnica en los distintos

niveles sociosanitarios, criterios.promoviendo técnicos basados en evidencia científica

Diseñar guías y/o recomendaciones que provean herramientas para la detección temprana en la

atención primaria y la derivación oportuna a servicios especializados, promoviendo la continuidad de

cuidados y la calidad de la atención.

Promoción del seguimiento del desarrollo infantil como estrategia esencial para la identificación

temprana de signos compatibles con el Trastorno del Espectro Autista (TEA).

Promover la incorporación del seguimiento del desarrollo infantil en los programas de atención primaria

de la salud, reconociendo su papel central en la coordinación de la atención y en la articulación con los

distintos niveles del sistema sanitario.

Implementación de cursos y capacitaciones dirigidos al equipo de salud sobre detección temprana,

diagnóstico y abordaje del TEA en todos los niveles de atención, con especial énfasis en la aplicación

de las guías elaboradas.

Eje 3- Atención Integral y Apoyo a las Personas con TEA y sus Familias

Capacitaciones continuas dirigidas a los equipos de salud, conforme a las recomendaciones nacionales

e internacionales vigentes, con el objetivo de mejorar la calidad del apoyo brindado y promover

intervenciones tempranas.

Propiciar, a partir de herramientas formativas, el desarrollo de programas jurisdiccionales de atención

psicológica y social destinados a familiares, impulsando una mejora en el proceso

de atención integral y

el acceso oportuno a los servicios de salud.

Eje 4- Investigación, Innovación y Sistemas de Información

Promoverla investigación epidemiológica y clínica del Trastorno del Espectro Autista (TEA), mediante

la promoción de convenios de cooperación con diferentes entidades.

Eje 5- Coordinación Intersectorial

– Brindar cooperación técnica a las Jurisdicciones de todo el país en lo relativo al TEA.

– Evaluación y monitoreo periódico del plan con indicadores de proceso y de resultado.

Eje 6 – Diagnóstico de Situación- Epidemiología

– Realizar un diagnóstico de situación epidemiológica del TEA.

5. Evaluación del Plan

La evaluación es un componente esencial en la gestión de políticas públicas, ya que permite monitorear los

avances del Plan, identificar áreas de mejora y orientar las decisiones estratégicas. La utilización de

indicadores específicos facilita el análisis cuantitativo y cualitativo de los resultados, evaluando tanto la

eficacia como la eficiencia de las acciones implementadas en términos de alcance y mejora.

En esta sección se presenta la evaluación del Plan, que será medida con un conjunto de indicadores

específicos y variables, para cada eje de abordaje, con el propósito de monitorear el avance de la

implementación, valorar los resultados intermedios y finales, ajustar las estrategias en función de los

aprendizajes obtenidos y aportar evidencias concretas que respalden su contribución al logro de los objetivos

establecidos en el apartado N.º 4.

Eje 1- Promoción y Sensibilización.

Indicadores de desempeño:

– N.º de campañas nacionales diseñadas y aprobadas en el año.

– N.º de materiales informativos producidos (videos, folletos, spots y manuales).

N.º de jurisdicciones que recibieron insumos para su difusión local y que implementaron cursos o

actividades educativas, así como cantidad de cursos, capacitaciones y actividades diseñadas en el

marco del Programa Nacional de Formación.

Indicadores de resultado:

– N.º de personas alcanzadas por las campañas.

– N.º de jurisdicciones que recibieron insumos para su difusión local.

– N.º de personas capacitadas.

Eje 2 – Formación y Capacitació

n de Recursos Humanos

Indicadores de desempeño:

N.º de guías/recomendaciones técnicas elaboradas y aprobadas, conforme a estándares nacionales e

internacionales de calidad.

N.º de jurisdicciones que recibieron las guías para su implementación, acceso a las herramientas

normativas.promoviendo criterios uniformes de

N.º de instancias de capacitación realizadas sobre la aplicación y uso de dichas guías o

recomendaciones, dirigidas a los distintos niveles del sistema de salud.

N.º de campañas o actividades comunitarias desarrolladas para la promoción de la vigilancia del

desarrollo infantil, orientadas a la sensibilización social y a la detección temprana.

Indicadores de resultado:

N.º de efectores de salud que reportan el uso activo de las guías/recomendaciones técnicas,

propiciando su aplicación efectiva en la práctica asistencial.

N.º de centros de atención primaria que implementan herramientas de detección temprana,

garantizando el acceso y oportunidad en la intervención.

N.º de programas de atención primaria que integran acciones específicas de seguimiento del desarrollo

infantil.

Eje 3- Atención Integral y Apoyo a Personas con TEA y sus Familias

Ind icadores de proceso:

N.º de cursos de formación implementados por año, dirigidos a los distintos niveles del sistema de

salud.

N.º de programas de apoyo psicosocial, psiquiátrico diseñados e implementados, destinados a

familiares y cuidadores.

N.º de materiales informativos y guías/recomendaciones técnicas desarrolladas para familiares y

cuidadores, que propicien accesibilidad, pertinencia cultural y actualización permanente.

Eje 4- Investigación, Innovación y Sistemas de Información

Indicadores de Proceso:

N.º de instituciones participantes en proyectos conjuntos de investigación sobre Trastorno del Espectro

Autista (TEA), que promueven la articulación intersectorial y el fortalecimiento de capacidades

científicas.

Indicadores de Resultado:

– N.º de investigaciones con aplicación directa en políticas o programas de salud.

Eje 5- Coordinación Intersectorial

Indicadores de Proceso:

– N.º de convenios intersectoriales firmados para desarrollar políticas conjuntas relacionadas con TEA.

– N.º de planes, programas o acciones sobre TEA que incluyen participación de otras áreas.

N.º de documentos normativos (resoluciones, guías, marcos de actuación)

elaborados de forma

conjunta.

– N.º de Jurisdicciones que reciben cooperación técnica.

Indicadores de resultado:

N.º de políticas públicas, planes o programas interdisciplinarios sobre TEA implementados en el ámbito

sociosanitario, en conformidad con convenios intersectoriales y documentos normativos vigentes.

Eje 6 – Diagnóstico de Situación- Epidemiología

Indicadores de Proceso

N.º de profesionales capacitados en el uso del sistema de vigilancia epidemiológica, con competencias

técnicas y actualización permanente.

N.º de direcciones o áreas de salud que acceden y utilizan los indicadores epidemiológicos,

promoviendo el fortalecimiento de la gestión sanitaria.

Indicadores de resultado:

– Publicación de un informe nacional actualizado sobre situación epidemiológica del TEA.

– N.º de efectores de salud mental que reportan datos al sistema de vigilancia.

– N.º de indicadores epidemiológicos generados a partir del sistema.

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