#Actualidad La Cámara Comercial se suma al rechazo de la causa Levinas

Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.


En forma unánime, establecieron que no pueden recurrirse las sentencias de los jueces nacionales en lo comercial por ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

Determinó que no puede pasarse por alto el carácter verdaderamente extraordinario de la situación desatada a partir del fallo dictado en la causa “Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia” puesto que a través de ese pronunciamiento se puso en tela de juicio si la Corte Suprema de Justicia de la Nación o el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires es competente para revisar una sentencia dictada por la Justicia Nacional en lo Comercial.
La cuestión se agrava al ponderar que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que rige la tramitación de las causas ante este fuero, no contempla la existencia de un recurso contra las decisiones de la Justicia Nacional ante el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.


Competencia del T.S.J. de C.A.B.A. para revisar sentencias dictadas por una Sala de esta Cámara Nacional de Apelaciones (C.S.J.N. in re «Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia» «Comp. C.S.J. 325/2021 CS 1-) s/ autoconvocatoria a plenario (art. 302 C.P.C.C.)» – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en Pleno – 20/02/2025

Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí

Suscribete

Descubre más desde AL DÍA | ARGENTINA

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo