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Autor: Gianico Mercado, Micaela A. – Martin, M. Lis
Fecha: 15-11-2024
Colección: Doctrina
Cita: MJ-DOC-18069-AR||MJD18069
Voces: DISCRIMINACIÓN POR GÉNERO – LABORAL – CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN – ABOGADOS – JUECES – IGUALDAD ANTE LA LEY
Sumario:
I. Introducción. II. Desarrollo: a) Mapeo de las Mujeres en la Justicia. b) Vacancias. III. Conclusiones. IV. Propuesta. V. Bibliografía.
Doctrina:
Por Micaela A. Gianico Mercado (*) y M. Lis Martin (**)
I. INTRODUCCIÓN
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, se compone por cinco ministros nombrados por el Presidente de la Nación, con acuerdo del Senado de la Nación con mayoría especial de dos tercios de sus miembros presentes (artículo 99 de la Constitución Nacional). La cantidad de ministros está determinada por la ley 26.183 , promulgada en 2006.
El Presidente selecciona a los candidatos de acuerdo a los criterios establecidos en el decreto 222/03 . Entre ellos, esta norma dispone atender a las circunstancias relativas a la composición general de la Corte en cuanto a diversidades de género, especialidades profesionales e integración regional y federal, así como también a los requisitos atinentes a la integridad moral e idoneidad técnica y el compromiso con la democracia y la defensa de los derechos humanos que deben reunir los postulantes. Actualmente la CSJN está integrada por los ministros Horacio Rosatti -Presidente-, Carlos Ronsekrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti. El quinto integrante, según la ley 26.183, deberá ser designado por el Presidente de la Nación con acuerdo del Senado (CN art. 99 inc. 4) (1). Cabe poner de resalto que, en toda la historia argentina solo hubo tres mujeres en la Corte frente a 104 hombres (2). Esta situación nos parece grave.
Esta notable desproporción en la representación femenina en la Corte Suprema refleja una deuda histórica con la equidad de géneros en uno de los máximos órganos de poder del país.
A pesar de los avances normativos y los compromisos internacionales asumidos por Argentina en materia de derechos humanos e igualdad, resulta evidente que aún persisten desafíos significativos para lograr una integración que refleje la diversidad de la sociedad.
Este panorama subraya la importancia de seguir impulsando políticas públicas y acciones afirmativas que promuevan una mayor participación de mujeres en cargos de relevancia institucional, asegurando un sistema de justicia más inclusivo y representativo.Teniendo en cuenta que, hasta la fecha, las candidaturas para integrar la Corte Suprema son exclusivamente de hombres, lo que perpetúa el sistema de poder actual, en esta ponencia abordaremos las circunstancias que sostienen esta situación y la imperiosa necesidad de que las mujeres ocupen espacios de poder en nuestro sistema de justicia. Es fundamental promover la participación femenina en los más altos tribunales para avanzar hacia una justicia más equitativa y representativa de la diversidad de nuestra sociedad.
II. DESARROLLO
A) Mapeo de las Mujeres en la Justicia:
En el Poder Judicial argentino el 57% del personal está conformado por mujeres, sin embargo, ellas ocupan solo el 31% de los cargos de magistrados y magistradas de la Justicia Nacional y Federal y solo el 29% de las máximas autoridades allí. La edición 2023 del Mapa de Género de la Justicia muestra la persistencia de un techo de cristal en el sistema judicial. Los puestos de mayor autoridad sólo tienen un 29% de representación femenina. Esto implica que sólo tres de cada diez mujeres son ministras, fiscalas o defensoras generales.
A su vez, un análisis en el tiempo evidencia que no hubo mejoras en esta proporción en los últimos 5 años.
Estamos frente al caso más evidente del techo de cristal, ya que la Corte Suprema, está conformada enteramente por varones desde la renuncia de Elena Highton de Nolasco en 2021.
La brecha de género también se hace evidente en los demás organismos que componen la Justicia Nacional. Si bien en la Procuración General de la Nación hay paridad entre varones y mujeres (48% y 52%, respectivamente), sólo un 28% de los/as Fiscales/as son mujeres. De forma similar, en la Defensoría General de la Nación, el 38% de los cargos de Defensores/as son ocupados por mujeres, pese a que hay un 59% de personal femenino.En ambos organismos, la categoría con mayor representación femenina es la de «personal administrativo». Por otra parte, mirando de forma agregada el plantel de la Justicia Nacional y Federal, salta a la luz que el mismo está compuesto de forma casi igualitaria (54% son mujeres y 46% son varones), pero que la paridad se pierde al escalar en la pirámide, con sólo un 31% de Magistradas y un 24% de Camaristas mujeres.
Además, el informe muestra que en el 2023 hubo 3 Cámaras Federales en las que ninguna mujer ocupó el cargo de Camarista: las Cámaras Federales de Apelaciones de General Roca, La Plata y Mar del Plata. Finalmente, la brecha de género también se hace presente en los Consejos de la Magistratura de la Nación, provinciales y de CABA, donde la distribución de cargos entre mujeres y varones es de 36% y 64%, respectivamente (3).
Entendemos que los datos presentados revelan una profunda desigualdad de género en los cargos de mayor jerarquía del Poder Judicial argentino. Aunque la mayoría del personal es femenino, las mujeres se ven sistemáticamente relegadas de los puestos de mayor responsabilidad y decisión.
Este ‘techo de cristal’ que limita el acceso de las mujeres a las altas esferas del poder judicial no solo representa una injusticia en términos de igualdad de oportunidades, sino que también limita la diversidad de perspectivas necesarias para un sistema judicial más equitativo y representativo.
Para avanzar hacia una justicia verdaderamente inclusiva, resulta imperativo implementar políticas que no solo busquen la paridad numérica, sino que también promuevan un cambio cultural y estructural en el acceso y la promoción de las mujeres en el sistema judicial.
B) Vacancias:
Al día de hoy, existe una enorme cantidad de cargos vacantes en nuestro sistema de justicia. Estos «casilleros vacíos» representan una ventana de oportunidad única para empezar a corregir las disparidades que existen en la proporción de varones y mujeres que ocupan cargos de jerarquía.Este hecho invita a prestar atención a los procesos de selección de jueces y juezas, pero también dentro del Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, ya que sólo será posible romper con el techo de cristal en la medida en que se eliminen los obstáculos que frenan a las mujeres en los concursos, aún pese a tener mejor formación y estar más capacitadas. De acuerdo con la investigación «La participación de las mujeres en los sistemas de justicia en América Latina» llevada a cabo por ACIJ, en colaboración con DPLF, el grupo de Mujeres por la Justicia, el Núcleo de Estudios Interdisciplinarios en torno a la Desigualdad y Derechos Humanos (DesDeh) de la Universidad Austral de Chile y el Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer, las barreras que dificultan el acceso de mujeres a cargos judiciales son:
– Una valoración desigual por parte de quienes deben evaluar a candidatos y candidatas a cargos judiciales, especialmente en instancias como la entrevista oral.
– Una conformación mayoritariamente masculina de los jurados de evaluación en los procesos de selección de autoridades judiciales.
– A pesar de haber mujeres en las ternas, el Poder Ejecutivo suele elegir varones en una proporción mayor.
– Menor tiempo para capacitaciones y formación para las mujeres por tener a su cargo tareas de cuidado.
– Presencia de estereotipos, prejuicios y sesgos de género que operan en la carrera judicial (ingreso, ascenso y mantenimiento).
– Autolimitación de las propias mujeres y una falta de asunción de roles de liderazgo, ya sea por aspectos subjetivos (como falta de confianza o) sobrecarga de tareas de cuidado de personas dependientes, como objetivos: la falta de normas que concilien la vida familiar y el desarrollo profesional.
El último punto tiene un correlato evidente en la cantidad de mujeres que se anotan para participar de los concursos.Así, el problema no sólo consiste en que menos mujeres son seleccionadas para ocupar puestos de jerarquía, sino que, de entrada, pocas mujeres concursan por esos puestos. De acuerdo con Fundar, dentro de los inscriptos para concursar por el cargo de juez o jueza, sólo un 23% son mujeres. A su vez, la investigación «Análisis de género en el trámite de los concursos en el Ministerio Público de la Defensa» de la Defensoría General de la Nación, señala que la participación de las mujeres en los concursos que realizan es del 36% (4).
III. CONCLUSIONES
En la medida en que no se reformen los puntos señalados, asegurando la igualdad en los procesos de selección, ya sea en la evaluación, como en el momento de la inscripción, la brecha entre varones y mujeres continuará reproduciéndose en el tiempo.
Más mujeres en puestos de jerarquía es un llamado feminista a reducir la brecha de género en la justicia, pero también a mejorar la calidad de nuestra democracia participativa y aumentar la confianza en las instituciones que se encargan de proteger nuestros derechos.
La incorporación de más mujeres en la Corte Suprema de Justicia de la Nación es no sólo una cuestión de justicia de género, sino también una necesidad democrática y social. La representación equitativa en los más altos órganos judiciales contribuye a enriquecer las perspectivas y garantizar que las decisiones judiciales contemplen las diversas realidades de la ciudadanía. En un país donde las mujeres constituyen más de la mitad de la población, su escasa presencia en la Corte evidencia un déficit en la representación institucional que es necesario subsanar.
Además, la inclusión de mujeres en espacios de poder judicial fortalece la credibilidad de las instituciones y promueve un enfoque más integral y equitativo en la interpretación y aplicación de las leyes.Es imperativo avanzar hacia una Corte Suprema que refleje de manera justa la diversidad de la sociedad, contribuyendo a la construcción de una justicia más inclusiva, plural y accesible para todos y todas.
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(1) https://www.csjn.gov.ar/preguntas-frecuentes/detal le/5719
(2) https://www.cels.org.ar/web/2024/07/pedimos-al-senado-que-garantice-una-composicion-de-la-corte-suprema-que-i
cluya-mujeres/
(*) Abogada matriculada del Colegio de Abogados Moreno General Rodríguez, presidenta de la Comisión de abogacía Joven CAMGR. Consejera directiva titular del CAMGR. Secretaria del instituto de mujeres y género del CAMGR. Asesora legal de la Secretaría de Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Moreno.
(**) Abogada Feminista. UBA. Diplomada en prevención de la violencia contra las mujeres UNQ. Acompañante jurídico contra la violencia de género UNLP. Capacitación RETEM abordaje de hombres que ejercen violencia de género. Integrante de la Red de Abogada Feministas. Integrante de la Comisión de Género y Diversidad del CAQ. Igualdad de género y diversidad sexual Udemmy.


