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Se establecen alimentos provisorios en el equivalente al 65% del SMVM en cabeza de 5 hermanos quienes deberán abonarlos en forma conjunta y solidaria a favor del menor de ellos.
P., M. A. C/ B., M. J. Y OTROS S/ALIMENTOS – Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen – 14/3/2024
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