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Se fija una cuota alimentaria que se actualizará conforme el Índice de Crianza de acuerdo a la tabulación indicada por el INDEC mensualmente teniendo en cuenta la edad de la niña y otra cuota alimentaria para las hijas adolescentes equivalente al 80% del Salario Mínimo Vital y Móvil.
A. C. L. G. Y OTROS C/ A. S. M. S/ ALIMENTOS – Juzgado de Familia Nº 1 de Trenque Lauquen – 15/11/2023
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