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Teniendo en cuenta que los padres son personas humildes y a futuro recibirán la ayuda de su hija fallecida, se los indemniza por los gastos de asistencia y pérdida de chance de ayuda futura, además del daño moral para ellos y para los hermanos que convivían con la niña.
R., C. A. Y OTROS C/ L., E. E. S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO) – Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Junín – 7/02/2023
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