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Ponemos a disposición una interesante recopilación sobre interrupción del servicio de energía eléctrica, un clásico del verano. Responsabilidad, medidas cautelares, reclamos de daños y perjuicios, daño punitivo, aplicación de la ley de defensa del consumidor, entre otras cuestiones, abordadas a través de precedentes jurisprudenciales y doctrinas.
A – JURISPRUDENCIA
- Se reduce el daño punitivo a cargo de la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica, considerando que la condena a su cargo tantas veces como causas judiciales se inicien a raíz de un mismo hecho, podría llevarla a la quiebra – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal. Sala III.
- Constatado el incumplimiento por parte de la distribuidora de electricidad, para eximirse de responsabilidad debe demostrarse que la deficiente provisión del servicio respondió a causas que no pudo prever o que, previstas, no pudo evitar – Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Sala I.
- La cantidad e intensidad de cortes de energía ocurridos en el domicilio del accionante, tuvieron aptitud más que suficiente para generar daños que deben ser reparados por la empresa demandada – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- La proveedora del servicio de energía eléctrica es responsable por los cortes de suministro que sufrió la actora, pues al prestar un servicio público esencial, lo debe realizar en condiciones adecuadas para llenar el fin para el que fue pactado – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- Responsabilidad de la distribuidora del servicio de energía eléctrica por la interrupción del suministro por poco más de cien horas en un local donde funciona una panadería – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala II.
- La ley de defensa del consumidor es aplicable al reclamo indemnizatorio realizado por el titular de un comercio que sufrió cortes en el suministro de energía eléctrica – Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia – Sala IV.
- Un pequeño comerciante que sufrió cortes de energía eléctrica en su comercio, debe ser considerado consumidor frente a la empresa proveedora del servicio – Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Azul – Sala II.
- La falta de voluntad de la demandada para resolver los cortes repetitivos de electricidad justifican la admisión del daño punitivo – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- La situación económica del demandado constituye una pauta de gran importancia para la cuantificación de los daños punitivos, es decir que la pena debe ser adecuada para eliminar las perspectivas del dañador de obtener algún beneficio económico a causa del hecho lesivo – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- Corresponde calificar a la obligación a cargo de la empresa prestadora de un servicio público como de resultado, lo que determina que la atribución de su responsabilidad se base en el factor objetivo – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- La empresa de energía eléctrica debe indemnizar el daño moral ocasionado a una usuaria, de 82 años de edad y que habitaba un departamento ubicado en un tercer piso, por la interrupción del servicio en forma reiterada – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- La empresa de energía eléctrica debe pagar una indemnización por los daños sufridos por un usuario particular, como consecuencia de diversas interrupciones en el suministro que sumaron un total de 12 días – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- El ente nacional no está facultado para aplicar a una empresa distribuidora de energía eléctrica una sanción por interrupción del suministro a los usuarios que supere lo establecido en el contrato de concesión del servicio – Corte Suprema de Justicia de la Nación.
- Si bien procede el pago de una indemnización, no se admite el daño punitivo reclamado por los cortes de electricidad, pues no cualquier incumplimiento hace proceder tal sanción – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III .
Se condenó a una empresa de suministro de energía eléctrica a indemnizar a un usuario por los daños que sufrió en su hogar y la pérdida de las mascotas de su acuario por un corte de energía – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala I.
La responsabilidad de la empresa prestataria de energía eléctrica emana no sólo del carácter de propietaria de las instalaciones, sino también de la obligación de supervisión que es propia de dicha actividad, resultando responsable frente al desperfecto en el suministro del servicio producto del cual se dañaron las cámaras frigorífica de la actora – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala III.
- Por aplicación de la ley de defensa del consumidor, se ordena a la empresa provincial de energía resarcir los daños sufridos por los actores en sus artefactos electrónicos a raíz de un golpe de tensión – Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Córdoba – Sala VI.
- La municipalidad de Berazategui logró que se haga lugar a una medida cautelar para que las empresas de suministro eléctrico restablezcan la energía – Cámara Federal de Apelaciones de Quilmes.
- Se condena a Edesur a abonarle a los actores, titulares de dos locales de venta de mercaderías al público, que sufrieron las interrupciones del servicio de energía eléctrica, la suma de dinero que resulte de la liquidación practicada conforme a las pautas suministradas en los presentes autos en concepto de mercadería perdidas, más la suma de dinero reconocida en concepto de daño moral – Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal – Sala II.
B – DOCTRINA
- Derecho del consumidor y deber de prevención del proveedor: reflexiones de lege data y de lege ferenda – Rossi, Jorge .
C – DOCTRINA AUDIOVISUAL
- Un clásico del verano: los reclamos por cortes de luz – Rossi, Jorge
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