Disertante: Dra. Maria Florencia Griffa – Abogada. Docente de grado y posgrado en Facultad de Derecho UNR
Sumario
¿En qué momento puede celebrarse este pacto? ¿Cuál es su finalidad? ¿Es necesario que la empresa se estructure bajo un tipo social para poder formalizarlo? ¿Qué contenidos es posible incorporar? ¿Quiénes pueden celebrarlo? ¿Cuál es la forma en que debe instrumentarse? ¿Qué límites se deben respetar?