Doctrina audiovisual: Las víctimas de accidente de tránsito son consumidores

Disertante: Dr. Waldo A. R. Sobrino –Doctor en Derecho-Profesor de Grado y Posgrado en la UBA

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Sumario
El Código Civil y Comercial de la Nación le brinda importantes herramientas a los abogados que litigan en casos referidos a Accidentes de Tránsito.En especial, en el caso de la “Víctimas de Accidentes de Tránsito”, se puede considerar que son ‘consumidores’ de acuerdo a lo expresamente normado en el Art. 1.092 del Código Civil y Comercial
Ello va a producir muy profundas consecuencias legales y prácticas para los juicios, dado que se abren nuevos aspectos tanto en el ámbito procesal como de fondo
Entre algunas de las consecuencias, se pueden mencionar: la aplicación de ‘Daños Punitivos’, los términos de la ‘Prescripción’, la ‘Gratuidad’ del procedimiento; las ‘Medidas Autosatisfactivas’; la ‘Acción Directa Autónoma’, la aplicación de ‘Cláusulas Abusivas’, etc.
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