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Título: RESOLUCIÓN N° 1/2019 – Trabajo en Casas Particulares. Remuneraciones horarias y mensuales mínimas. Recomposición salarial. Determinación.
Tipo: RESOLUCIÓN
Número: 1
Emisor: Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares
Fecha B.O.: 15-abr-2019
Localización: NACIONAL
Cita: LEG98887
VISTO, el EX-2019-18303610- -APN-DGDMT#MPYT del registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley 26 844, el Decreto N° 467/2014, la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 10 de agosto de 2018, y
CONSIDERANDO
Que por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares N° 1, del 10 de agosto de 2018, se fijaron, a partir del 1 de junio de 2018 y hasta el 31 de mayo del 2019, las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26 844;
Que el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley 26 844 asignan como una de las atribuciones de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares la de fijar las remuneraciones mínimas o recomposiciones salariales;
Que de conformidad con lo resuelto en la sesión del 10 de agosto del 2018, se convoca a las partes para analizar las variaciones económicas y recomponer el salario del sector;
Que luego de un extenso intercambio de posturas, obra Acta de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares suscripta en fecha 5 de abril de 2019, mediante la cual las representaciones sectoriales de trabajadores, empleadores y de los Ministerios integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo para el Personal de Casas Particulares han asumido el compromiso de acordar una recomposición salarial conforme las pautas allí indicadas;
Que el plazo de vigencia del acuerdo alcanzado se extiende retroactivamente desde el periodo 1° de marzo 2019;
Que a través del citado Acuerdo, las partes han coincidido en otorgar una recomposición salarial del quince por ciento (15%) sobre los salarios mínimos por la Resolución CNTCP N° 1/18 vigentes a partir desde 1ro de marzo del 2019;
Que en consecuencia los miembros de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares coinciden en fijar los nuevos valores de las remuneraciones mínimas para el Personal de Casas Particulares;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 18 y el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844;
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Fijar una recomposición salarial de las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26844 conforme las escalas salariales que lucen como Anexos I, que forman parte integrante de la presente
ARTÍCULO 2°.- Las adecuaciones salariales dispuestas por esta Resolución serán de aplicación en todo el territorio de la Nación.
ARTÍCULO 3°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1 de marzo de 2019.
ARTÍCULO 4°.- Las remuneraciones establecidas en la presente mantendrán su vigencia aún vencido el plazo previsto en el artículo 4, y hasta tanto no sean reemplazadas por las fijadas en una nueva Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. Luis Federico Canedi, Presidente CNTCP – Roberto Picozzi, Presidente Alterno CNTCP – Maria del Mar Ortolano, Vocal Titular – Maria Bernadette Ré, Vocal Suplente – Maria Eugenia Bereciartua, Ministerio de Desarrollo Social de la Nación – José Ignacio García Hamilton, Ministerio de Hacienda y Finanzas – Carmen Britez, Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) – Ramona Figueroa, Sindicato de Trabajadores del Hogar de la Capital Federal y la Provincia de Buenos Aires (SITRAH) – Daniel Mario Marenco, Unión de Trabajadores Domésticos y Afines – Liliana Agustín, Asociación Empleados Domésticos Zona Norte – Cecilia María Garat, Asociación Civil Pro Sindicato Amas de Casa de la República Argentina – Osvaldo Mulfetti, Asociación Civil Empleadores de Trabajadores Comprendidos en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (EMTRACAP).
ANEXOI
CATEGORIAS Y REIVIUNERACIONES A PARTIR DEL 1″ DE MARZO DE 2019
CATEGORfA
1)SUPERVIS0R/A
Coordinación y control de las tareas
efectuadas por dos o mas personas a
su cargo
2) PERSONAL PARA TAREAS
ESPECf PICAS
Cocineros/as contratados en forma
exclusiva para desempefiar dicha
labor, y toda otra tarea del hogar que
requiera especial idoneidad del
personal para llevarla a cabo
3) CASEROS
Personal que presta tareas inherentes
al cuidado general y preservacidn de
una vivienda en donde habita con
motivo del contrato de trabajo
4) ASISTENCIA Y CUIDADO DE
PERSONAS
Comprende la asistencia y cuidado no
terapeutico de personas, tales como
personas enfermas, con discapacidad,
nifios/as, adolescentes, adultos
mayores.
5) PERSONAL PARA TAREAS
GENERALES
Prestacion de tareas de limpieza,
lavado, planchado, mantenimiento,
elaboracion y coccidn de comidas y,
en general, toda otra tarea tipica del
hogar.
REMUNERACIONES A PARTIR DEL V DE MARZO
DE 2019
PERSONAL CON RETIRO
Hora $124,50 Mensual $15584,50
PERSONAL SIN RETIRO
Hora $136 Mensual. $17359,50
PERSONAL CON RETIRO
Hora $117,50 Mensual $14478,50
PERSONAL SIN RETIRO
Hora $129 Mensual $16117
Hora 110,50 Mensual $14126
PERSONAL CON RETIRO
Hora: $110,50 Mensual $14126
PERSONAL SIN RETIRO
Hora $124,50 Mensual: $15742,50
PERSONAL CON RETIRO
Hora $103 Mensual $12703,50
PERSONAL SIN RETIRO
Hora: $110,50 Mensual $14126
El personal que efectue tareas incluidas en mas de una categoria quedara comprendido en
la que resuite la pnncipal que desempefie con habitualidad ADICIONAL POR ZONA
DESFAVORABLE Se aplicara un adicional por zona desfavorable equivalente al
VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre los salanos mimmos establecidos para cada una
de las categorias respecto dei personal que preste y tareas en las Provincias de La Pampa,
Rio Negro, Cliubut, Neuquen, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antartida e Islas del Atlantico
Sur, 0 en ei Partido de Y Patcfies de la Provmcia de Buenos Aires