Título: LEY N° 5284 – Ambiental. Provincia de Río Negro. Suelta de globos con helio al aire libre. Prohibición.
Tipo: LEY
Número: 5284
Emisor: Poder Legislativo Provincial
Fecha B.O.: 4-jun-2018
Localización: RÍO NEGRO
Cita: LEG93380
La Legislatura de la Provincia de Río Negro Sanciona con Fuerza de LEY
Artículo 1°.- Se prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro la suelta de globos con helio al aire libre, con excepción de aquéllos que se liberen con fines científicos y/o meteorológicos y los que sean de material biodegradable.
Art. 2°.- La autoridad de aplicación será la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la provincia que tendrá a su cargo las siguientes funciones: a) Controlar el cumplimiento de la presente ley. b) Arbitrar los mecanismos necesarios para promover concientización social respecto de los impactos ambientales negativos que trae la práctica prohibida por el artículo 1° de la presente ley.
Art. 3°.- Quien suelte o arroje globos con helio al aire libre de manera intencional, será sancionado con las multes que determine la autoridad competente.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, en la ciudad de Viedma, a los nueve días del mes de mayo del año dos mil dieciocho.
DECRETO Nº 595
Registrada bajo el Número de Ley cinco mil doscientos ochenta y cuatro.
(5284).
Viedma, 23 de Mayo de 2018.
Nelson Américo Cides, Secretario General.