Título: RESOLUCIÓN N° 402/2018 – Ambiental. Reglamento del Fondo Fiduciario de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Aprobación.
Tipo: RESOLUCIÓN
Número: 402
Emisor: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Fecha B.O.: 4-jul-2018
Localización: NACIONAL
Cita: LEG93690
a) el SETENTA POR CIENTO (70%) para compensar a los titulares de las tierras en cuya superficie se conservan bosques nativos, sea públicos o privados, de acuerdo a sus categorías de conservación; y b) el TREINTA POR CIENTO (30%) para desarrollar y mantener una red de monitoreo y sistemas de información de sus bosques nativos y para la implementación de programas de asistencia técnica y financiera, para propender a la sustentabilidad de actividades no sostenibles desarrolladas por pequeños productores y/o comunidades indígenas y/o campesinas.
Que la Ley Nº 26.331 estableció como herramienta de definición del uso del suelo el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos, los Planes de Conservación, de Manejo Sustentable y de Cambio de Uso; y creó como herramienta de inducción, el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS BOSQUES NATIVOS. Que el artículo 36 de la Ley N° 26.331 establece que el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS BOSQUES NATIVOS será administrado conjuntamente por las Autoridades de Aplicación Nacional y Locales. Que el artículo 36 del Decreto Reglamentario N° 91/2009 indica que el FONDO NACIONAL PARA EL ENRIQUECIMIENTO Y LA CONSERVACIÓN DE LOS BOSQUES NATIVOS podrá ser instrumentado mediante un Fideicomiso para su administración. Que la República Argentina ratificó la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, a través de la Ley Nº 24.295 el 30 de diciembre de 1993, y asumió una serie de obligaciones, entre ellas: |
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, y archívese. Sergio Alejandro Bergman |