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Título: LEY N° 10039 – Recursos hídricos. Provincia de La Rioja. Emergencia Hídrica. Declaración.
Tipo: LEY
Número: 10039
Emisor: Poder Legislativo Provincial
Fecha B.O.: 23-feb-2018
Localización: LA RIOJA
Cita: LEG92022
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1.- Declárase la Emergencia Hídrica en todo el territorio de la provincia de La Rioja, por el término de un (1) año, a partir de la fecha de sanción de la presente ley.
Artículo 2.- El Instituto Provincial del Agua La Rioja -IPALaR- será la Autoridad de Aplicación de la presente ley.
Artículo 3.- Autorízase al Instituto Provincial del Agua La Rioja -IPALaR- a aplicar los procedimientos excepcionales previstos en el Artículo 13° , Inciso c), Apartado 3, de la Ley N° 9.341; y por los Artículos 14°, Inciso c) y 15° de la Ley N° 21.323, para la adquisición de bienes, la contratación de servicios y la ejecución de obras públicas destinadas a remediar la situación de Emergencia Hídrica declarada.
Corresponderá a la Autoridad de Aplicación acreditar en cada caso, la existencia de una directa relación de causalidad entre la contratación u obra a realizar y la atención de una necesidad derivada de la situación de emergencia.
Artículo 4.- Facultase a la Función Ejecutiva a adoptar las medidas necesarias, como así también a efectuar las modificaciones presupuestarias pertinentes, a los fines de atender la situación de Emergencia Hídrica declarada, de conformidad con las necesidades manifestadas por el Instituto Provincial del Agua La Rioja – IPALaR.
Artículo 5.- Dispónese que mientras se encuentre vigente la emergencia hídrica, el monto de las multas impuestas por la autoridad de aplicación se incrementará en un doscientos por ciento (200%) con respecto al actualmente fijado y en un trescientos por ciento (300%) para el caso de reincidencia.
Artículo 6.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 132° Período Legislativo, a siete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete.
DECRETO Nº 087
La Rioja, 19 de febrero de 2018

