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Tipo: LEY
Número: 3032
Emisor: Poder Legislativo Provincial
Fecha B.O. : 17-nov-2017
Localización : LA PAMPA
Cita: MJ-LEG-90505-1-AR | LEG90505
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Artículo 1.- Impleméntase el examen oftalmológico gratuito de toda niña y niño recién nacido, que deberá repetirse con una periodicidad de seis meses hasta cumplir los cuatro años de edad, a fin de permitir la detección precoz y oportuno tratamiento de enfermedades oculares.
Artículo 2.- La práctica médica enunciada será de cumplimiento obligatorio en todos los establecimientos médicos asistenciales de la Provincia en los que se atiendan partos, así como respecto de toda niña y niño que no hubiere cumplido los cuatro años de edad.
Artículo 3.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley dentro del plazo de ciento veinte (120) días.
Artículo 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de La Pampa, en Santa Rosa, a los veintiséis días del mes de Octubre de dos mil diecisiete.
Promulgación:
Decreto 3907/2017
Santa Rosa, 8 de Noviembre de 2017

