Título: DECRETO N° 364/2016 – Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires ‘Eduardo Ladislao Holmberg’. Contrato de Concesión de Uso y Explotación. Caducidad. Declaración.
Tipo: DECRETO
Número: 364
Emisor: Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha B.O.: 23-jun-2016
Localización: CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
Cita: LEG78787
Artículo 2°.- El Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires arbitrará los medios necesarios para garantizar la efectiva desocupación del predio y cursará las intimaciones y notificaciones correspondientes para ejecutar las garantías contractuales.
Dicho organismo tendrá a su cargo la administración y gestión del Jardín Zoológico de la Ciudad de Buenos Aires «Eduardo Ladislao Holmberg» a partir de la fecha indicada en el artículo 1°. |
Articulo 4°.- La Dirección General de Concesiones y la Dirección General Escribanía General practicarán un inventario de los bienes comprendidos en el contrato de concesión, dejando constancia del estado de recepción en Actas notariales que se confeccionarán a tal efecto. A fin de relevar el patrimonio histórico y urbanístico, las Direcciones Generales de Interpretación Urbanística, y del Libro, Bibliotecas y Protección de la Lectura colaborarán con los organismos antes mencionados. Idéntico criterio se aplicará respecto de los ejemplares comprendidos en la colección faunística, para cuyo relevamiento la Agencia de Protección Ambiental y el Instituto de Zoonosis Luis Pasteur brindarán la debida colaboración. En lo referente al estado general del predio, la Dirección General de Administración de Bienes intervendrá en los términos de su competencia. |
Artículo 5°.- El presente Decreto es refrendado por señor Ministro de Modernización, Innovación y Tecnología y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. |
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese al Ministerio de Hacienda, la Procuración General de la Ciudad, a la Sindicatura General de la Ciudad, a la Dirección General de Interpretación Urbanística, a la Dirección General de Concesiones, a la Dirección General de Administracion de Bienes, y, a la Dirección General Escribanía General, a la Agencia de Protección Ambiental y al Instituto de Zoonosis Luis Pasteur. Para su conocimiento, notificación a la concesionaria y demás efectos, gírese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización, Innovación y Tecnología. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA – Freire – Miguel |