Tipo: LEY
Número: 27234
Emisor: Poder Legislativo Nacional
Fecha B.O.: 4-ene-2016
Localización: NACIONAL
Cita: LEG74869
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
ARTÍCULO 1° – La presente ley establece las bases para que en todos los establecimientos educativos del país, públicos o privados, de nivel primario, secundario y terciario se realice la jornada «Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género» con el objetivo de que los alumnos, las alumnas y docentes desarrollen y afiancen actitudes, saberes, valores y prácticas que contribuyan a prevenir y erradicar la violencia de género.
ARTÍCULO 2° – A los fines de esta ley se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° de la ley 26.485.
ARTÍCULO 3° – De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1°, el Poder Ejecutivo nacional a través de los organismos que correspondan, realizará la jornada, al menos una (1) vez durante el ciclo lectivo.
ARTÍCULO 4° – La presente ley entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días de su publicación.
ARTÍCULO 5° – Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 6° – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.
– REGISTRADO BAJO EL N° 27234 –
JULIÁN A. DOMÍNGUEZ. – GERARDO ZAMORA. – Lucas Chedrese. – Juan H. Estrada.