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Condenan a una psicóloga por no informar que su paciente era violada por su padre

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shutterstock_106674485Una psicóloga fue condenada a pagar unos $100.000 de indemnización a una adolescente por no informar oportunamente que era abusada por su padre, según surgía de las sesiones terapéuticas que la profesional tenía con la niña cuando estaba en edad preescolar.

La Cámara Nacional en lo Civil condenó a la psicóloga y a la obra social del Personal Directivo del Instituto Luis Pasteur, ante la demanda promovida por S.E.B., la madre de la niña, que en un primer momento se había mostrado indecisa para accionar, informaron fuentes judiciales citadas por Télam.

Las fuentes agregaron que durante el trámite del juicio civil, el padre de la menor, separado de la madre de la pequeña, fue condenado en sede penal.

La Sala H de la Cámara concluyó que la psicóloga que atendió a la niña desde julio de 1998 a febrero de 2000 evidenció “un alto grado de ineptitud porque “no habría advertido en tiempo y forma oportuna el abuso sexual del que estaba siendo objeto la niña por parte de su padre biológico”.

La madre había acudido a la profesional por los “trastornos” emocionales que presentaba la pequeña, entonces de cuatro años y nueve meses, tales como llanto, tristeza, soledad en el colegio y conducta caprichosa.

En febrero de 2000 y a través de un informe psicológico, se supo que la profesional tenía, desde hacía meses, sospechas sobre los abusos sexuales del padre contra la menor cuando este retiraba a la niña en el marco del régimen de visitas que había pactado con la madre.

“Si la profesional tenía desde un comienzo tal grado de sospecha con alto grado de probabilidad de un abuso sexual, conforme expuso en este último informe, ¿por qué motivo no arbitró los medios para proteger a la niña del ataque?”, se preguntaron los camaristas Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper.

“¿Por qué (la psicóloga) no tuvo en cuenta la posibilidad de un enfoque multidisciplinario si estaba casi segura de que la menor era abusada sexualmente?”, agregaron los camaristas en el fallo condenatorio citado por Télam.

Fuente: http://www.iprofesional.com

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