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La Justicia frenó expropiación de La Rural y el Gobierno volvió a la carga con fuertes críticas a los magistrados

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ExpropiadaMediante el decreto 2552/12, el Gobierno había declarado la nulidad de la venta del terreno, operación que el ex presidente Carlos Menem había realizado en 1991 en favor de la Sociedad Rural Argentina (SRA).

Sin embargo, ante la medida cautelar dictada por la Cámara Civil y Comercial Federal a última hora del viernes, el predio continuará siendo propiedad de la entidad, al tiempo que avanza el juicio en el que se discute si el decreto de Cristina Kirchner es válido o inconstitucional.

La entidad rural tampoco deberá dejar las instalaciones el 20 de enero, como había intimado el Gobierno, a través de la Escribanía General para hacer cumplir el decreto.

La decisión fue anunciada por la Sala de Feria de la Cámara Civil y Comercial Federal, integrada por los camaristas Graciela Medina, Ricardo Guarignoni y Francisco de las Carreras, quienes debatieron toda la semana sobre la cautelar que habían planteado los abogados de la Sociedad Rural, los especialistas en derecho administrativo Juan Carlos Cassagne y Ezequiel Cassagne.

Dura reacción del Gobierno
Ante la decisión dada a conocer por la Justicia, la reacción del Gobierno no tardó en llegar.

El primero fue el jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, quien criticó la habilitación de la feria judicial para bloquear el decreto que anuló la venta del predio. “Queda demostrado que son la Cámara en lo Clarín y lo Rural”, dijo.

Según el funcionario, el dictamen “ratifica lo que venimos afirmando sobre que hay ciertos sectores de la Justicia que han inventado una nueva rama jurídica, la justicia cautelar”.

“Tratándose de un hecho que significó, según la Justicia Federal, una sustracción del patrimonio del Estado Nacional mediante una maniobra de asignarle un menor valor, esperamos que la Corte tome cartas en el asunto de manera urgente”, agregó Abal Medina.

A la vez, el funcionario sostuvo que “cuando hablamos del precio vil que pagó la Sociedad Rural lo hacemos sustentándonos en una causa que tiene a ex funcionarios y dirigentes ruralistas procesados por sustraer el predio mediante una maniobra escandalosa, asignándole un valor por debajo de la tasación”.

Y finalizó: “Hay una justicia que actúa a dos velocidades, una para las causas que amparan a las corporaciones y otra para las que involucran a las leyes apoyadas por el pueblo y votadas por una inmensa mayoría parlamentaria”.

Por otro lado, Julio Alak, ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, también se sumó a las críticas y dijo que la Cámara Civil y Comercial “convalida una situación irregular, porque a cualquier hijo de vecino que no paga las cuotas lo ejecutan, le sacan la casa o el auto, y a la Sociedad Rural no”.

“Esta nueva cautelar es una decisión arbitraria que no toma en cuenta los muy graves motivos que el Estado valoró para revocar la venta del predio, en especial el procesamiento de los entonces funcionarios del Ministerio de Economía y los directivos de La Rural”, agregó Alak en declaraciones a la agencia Télam.

El ministro también opinó que “otra vez un sector corporativo ha elegido el mismo fuero Civil y Comercial que dicta cautelares eternas, para impugnar un acto legítimo del Estado”.

En otra explicación, sostuvo que “correspondía, y es un deber de la Cámara, darle la oportunidad al Estado de oírlo previamente antes de despachar la cautelar”. Como consecuencia, desde el Gobierno van a plantear la incompetencia del fuero, porque lo que está en discusión es la validez de un decreto presidencial, y eso es claramente competencia del fuero contencioso administrativo.

El caso es analizado desde el Estado como un acto de arbitrariedad que podría abrir un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia.

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  1. julio cesar rodriguez signes 7 enero 2013 at 7:34 PM

    No soy funcionario del Gobierno Nacional. Pero es una vergüenza que “abogados” o “juristas” hayan calificado el decreto como de “expropiación” o “confiscación” o “estatización”. Fue una declaración administrativa de nulidad de un decreto que aprobó una venta viciada. Y la Cámara Civil carece de competencia contencioso administrativa.

  2. Gracias por participar con su comentario, la diversidad de opiniones y voces enriquecen el blog y el intercambio de ideas.

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