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La Justicia condenó Edesur a pagar una indemnización por daño moral y material por un corte de luz durante un casamiento. El desperfecto afectó al domicilio, la parroquia y el salón donde la pareja iban a realizar la fiesta. Los argumentos de los jueces.
El contrato de concesión de Edesur establece que la empresa distribuidora del suministro eléctrico será responsable por todos los daños y perjuicios «causados a terceros o a los bienes de propiedad de estos como consecuencia de la ejecución del contrato o incumplimiento de las obligaciones asumidas conforme al mismo o a la prestación del servicio público respectivamente».
Por eso, la Justicia determinó que Edesur debía indemnizar por daño moral y material a una pareja que el día que planeaba casarse sufrió un corte de luz tanto en su domicilio, como en la parroquia donde iban a hacer la ceremonia y el salón donde iban a realizar los festejos. Todo, en menos de 24 horas.
Solicite una clave de cortesía haciendo click AQUI , para poder acceder al texto completo del fallo: Perrota Gisela María y otro c/ EDESUR S.A.
FUENTE: diariojudicial.com

