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LA DEMANDA AUTOSATISFACTIVA

Selmar J. Acciarresi

En este artículo, el Dr. Acciarresi nos explica las particularidades de
este tipo de demanda.
«Quien postula una medida autosatisfactiva deduce una verdadera demanda
introductoria de la instancia, y en consecuencia, la que requiere una
resolución autosatisfactiva, debe cumplir los recaudos genéricos
exigidos por el código de rito para todo escrito de demanda, esto es,
designación precisa de lo que se demanda, las cuestiones de hecho y de
derecho, separadamente, y la petición en términos claros y precisos, de
modo tal de llevar convicción al juez, quien deberá decidir sobre la
admisibilidad de la medida autosatisfactiva como tal, por un lado, y por
otra parte, sobre la procedencia sustancial del reclamo, teniendo en
cuenta la brevedad que caracteriza a este tipo de trámite».

Sumario:
1. Demanda. Concepto. 2. La demanda autosatisfactiva. Particularidades.
3. Fundamentación. 4. Trámite. 5. El Proceso Monitorio. 6. Sustanciación
previa o despacho inaudita pars. 7. Excepciones. 8. Esquema del trámite.

Del autor:
Abogado egresado de la U.N.R. Especialista en Derecho de Daños por la
UCA. Docente adscripto a la Cátedra de Derecho Procesal Civil desde el
año 2005 en la U.N.R.

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