#práctica Modelo: Solicita prisión domiciliaria por excepción – Art. 10

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SOLICITA PRISIÓN DOMICILIARIA
POR EXCEPCIÓN
Sr. Juez [NOMBRE ABOGADO], abogado inscripto en la matrícula bajo el Tomo [Nº] Folio [Nº] del [COLEGIO], con domicilio procesal en [DOMICILIO] y electrónico en [DOMICILIO ELECTRÓNICO], [responsable inscripto en IVA / monotributista], CUIT Nº [CUIT], en defensa de [NOMBRE IMPUTADO], titular del D.N.I. Nº [Nº], con domicilio real en [DOMICILIO] en relación con la [causa/IPP] Nº [Nº] a V.S. digo:
-IOBJETO
En los términos del art. 10, inc. F del Código Penal, vengo por el presente a solicitar que la reclusión de mi defendida en el establecimiento carcelario que se encuentra sea convertida en prisión domiciliaria atento a que se encuentran acreditados los extremos previstos por el código. El otorgamiento del beneficio no representa un peligro para terceros así como tampoco existe riesgo de fuga, aceptando en este acto las condiciones de conducta para mantener el beneficio que imponga V.S.
-IIHECHOS
Desde el día XX/XX/XXXX, mi defendida se encuentra alojada en el Complejo Penitenciario Lisando Olmos cumpliendo con la prisión preventiva dispuesta por V.S. en el marco de la instrucción desarrollada por la supuesta comisión del ilícito previsto en el art. 204 ter al haberse encontrado en domicilio supuestas plantas de Cannabis destinadas a la fabricación de aceite sin autorización. Mi defendida -en su caso- es una primaria que se ha visto envuelta en los hechos relatados, no obstante que es la única imputada sin que se demostrara su relación con terceros.
En el marco de sus condiciones particulares ha quedado demostrado que es madre del menor de edad [NOMBRE], titular del D.N.I. Nº [NÚMERO] de 3 años que actualmente se encuentra bajo la guarda de su abuela, la Sra. [NOMBRE] de 75 años que reside en la calle [DOMICILIO].
A pesar del trauma inicial de insersión dentro del penal en el que se encuentra alojada – que de mas está decir que no fue fácil dado el elevado nivel de conflictividad y violencia entre la población carcelaria – logró adaptarse a la vida cotidiana sin mayores complicaciones. Ha sabido mantener desde el inicio de su reclusión una vida ordenada apartada del conflicto así como también mantiene sus vínculos familiares y afectivos en el exterior, exhibiendo una gran preocupación por el bienestar del menor de edad.
Desde su ingreso al penal ha optado por una actitud de sumisión a las ordenes y reglas de conducta requeridas por el Servicio Penitenciario Bonaerense sin poseer al día de la fecha ningún tipo de sanción o sumario por conflictos con otros reos ni agentes del SPB.
Yendo más allá, ha optado por mantener sus días ocupada en las pocas actividades que se permiten dentro del pabellón que incluye el inicio de su carrera universitaria como abogada.
-IIISOLICITUD POR EXCEPCIÓN
Conforme lo expuesto, y toda vez que no existen elementos que permitieran presumir que el otorgamiento de la prisión domiciliaria por excepción entorpecería el curso de la presente instrucción, significaría un riesgo respecto de terceros o peligro de fuga, al mismo tiempo que la reclusión preventiva coarta severamente el cuidado que requiere el menor de edad que se encuentra bajo la guarda de una persona de edad muy avanzada, es que vengo a solicitar que hasta tanto se resuelva respecto de la continuidad de la prisión preventiva, por excepción se autorice a la imputada a cumplir con la misma en su domicilio para así hacerse cargo del menor de edad.
Hago saber a V.S. que esta defensa manifiesta no tener objeción alguna para el caso en que se decidiera por el uso de la tobillera electrónica como condición para la libertad peticionada. A su vez solicito que se requiera al SPB informe sobre la conducta de la imputada y que la misma sea sometida a las evaluaciones psicológicas necesarias al efecto.
-IIIPETITORIO
Es por todo lo expuesto que esta defensa solicita:
1. Se tenga por presentado el requerimiento del beneficio por excepción.
2. Se tengan por acreditadas las condiciones respecto del menor de 5 años.
3. Se libre oficio a los efectos que se elabore el informe requerido por el art. 512 del Código Procesal Penal.
4. Se otorgue el cumplimiento de la pena provisional en el domicilio de la imputada.
PROVEER DE CONFORMIDAD
SERA JUSTICIA

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