Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.
El matrimonio celebrado por los contrayentes es válido, dado que el informe del equipo técnico interdisciplinario, por sí solo y sin respaldo documental o proceso judicial de restricción de capacidad, no resulta suficiente para desvirtuar la presunción de capacidad establecida en el artículo 31 del Código Civil y
Comercial.
C. O. E. y otra s/ Incidentes (Familia) – Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos Sala Civil y Comercial – 1/7/2025
Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí


