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Se necesitaban dos tercios de los presentes para insistir con el proyecto aprobado en junio y revertir el veto presidencial a la nueva fórmula de movilidad jubilatoria.
El resultado final fue 153 a favor, 87 en contra y 8 abstenciones.
Ley vetada ¿Cuál es su contenido?
· Aumento adicional en marzo de cada año, equivalente al 50% de la variación anual del RIPTE por sobre IPC.
· Incremento compensatorio del 7,2%, retroactivo a abril/24
· Garantía del haber mínimo equivalente a 1,09 CBT para quienes tienen un único beneficio previsional
· Actualización de remuneraciones mediante índice combinado
· Cancelación de deuda con las cajas jubilatorias provinciales
· Pago de sentencias firmes
· Se deben hacer informes anuales sobre la situación financiera, económica y actuarial de los “subregímenes previsionales” (es decir diferenciales y especiales)
· Se deberá realizar un informe personalizado de cada afiliado, relativo a sus aportes y una simulación de sus haberes jubilatorios.


