#Actualidad Violencia económica: Solidaridad del empleador frente al pago de la deuda alimentaria al haber incumplido con el depósito del embargo de los haberes

Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.


El empleador del obligado es responsable ante el incumplimiento del pago de la deuda alimentaria, incluyendo al presidente de la Sociedad Anónima empleadora en el registro de deudores, además de ordenarse el embargo de los activos financieros personales por la suma mensual de la cuota alimentaria denunciada como incumplida.

A. , C. L. C/ P. , E. D. S/ INCIDENTE DE ALIMENTOS/ AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA – Juzgado de Paz de Daireaux – 17/4/2024

 

Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí

Suscribete

Descubre más desde AL DÍA | ARGENTINA

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo