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Se hace lugar al recurso de apelación interpuesto y en consecuencia se ordena la inscripción del nacimiento de la solicitante, sin filiación materna ni paterna librándose el correspondiente oficio al Registro del Estado civil y capacidad de las Personas.
«E. S. N. S/ INSCRIPCIÓN TARDÍA DE NACIMIENTO» – Cámara Civil y Comercial de Azul Sala I – 4/4/2024
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