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El hecho de que el Estado no inicie el juicio de expropiación no puede interpretarse como un cierre a la posibilidad de que los propietarios afectados reclamen en sede judicial si consideran que el valor de la indemnización no es adecuado y expresan su desacuerdo.
U. R. M. y Q. M. A. y otros c/ Estado de la Provincia de Corrientes – Juzgado con competencia Administrativa de Corrientes Sala: II – 22/2/2024


