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La CNAT resuelve reemplazar el Acta 2764 y dispone, como recomendación, que se adecuen los créditos laborales sin tasa legal, de acuerdo a la tasa CER reglamentada por el BCRA más una tasa pura del 6% anual, en ambos casos, desde la fecha de exigibilidad del crédito hasta la fecha del efectivo pago
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