Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.
Corresponde admitir la demanda del daño moral, ya que, en un contexto de estrés y múltiples urgencias como es el de los preparativos de un casamiento, la zozobra y aflicción que debe haber significado para los cónyuges, frente a la inconducta del proveedor, tener que salir a procurase un nuevo servicio de catering con un 20% menos del importe que habían previsto originariamente destinar a la fiesta.
P. M. F. A. y G., S. E. c/ L. P. G. A. – A. S. I. CATERING – Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Jujuy Sala: I – 15/2/2024
Accede al texto completo del fallo haciendo Clic Aquí


