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Ponemos a disposición una interesante recopilación sobre Enfermedades Poco Frecuentes, con precedentes jurisprudenciales, doctrinas, actualidad y legislación.
A – JURISPRUDENCIA
- Cobertura del medicamento para el paciente que padece fibrosis pulmonar idiopática. Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Sala I .
- La obra social debe cubrir en su totalidad el costo de la medicación prescripta al afiliado que padece una enfermedad poco frecuente, cuya inclusión en el listado respectivo fue aprobado por resolución ministerial posterior a la demanda. Cámara Federal de Apelaciones de Rosario. Sala A .
- Enfermedades poco frecuentes: se ordena cumplir con la cobertura y suministro de un fármaco a favor de un menor que padece Atrofia Muscular Espinal. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Sala A .
- Se ordena a una empresa de medicina prepaga la cobertura integral del tratamiento inyectable en ambos ojos del afiliado -quien padece una enfermedad poco frecuente-, por el tiempo y el modo que los médicos tratantes lo indiquen conforme a historia clínica acompañada. Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Sala II .
- Enfermedades Poco Frecuentes: cobertura integral del tratamiento de la Poliquistosis Renal Autosómica Dominante que padece el afiliado. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba. Sala A .
B – DOCTRINAS
- El Derecho de las personas con enfermedades raras o poco frecuentes ha ido mutando, y resulta sumamente interesante y beneficioso aventurarnos en conocer el Derecho comparado entre los países Argentina y España, por Álvaro Lavandeira Hermoso y M. Carolina Regis .
- Analizamos la importancia de la tutela judicial, en pos de salvaguardar la vida y la salud de personas con discapacidad (PcD), que al ser al propio tiempo personas con Enfermedades Poco Frecuentes (EPF), tienen derecho al cuidado integral de su salud, respetando plenamente su dignidad inherente, a través de la mejora de la calidad de vida de ellas y de sus familias, por Enrique Suarez .
C – COLUMNA DE ACTUALIDAD
- Actualidad en el día de las Enfermedades Poco Frecuentes: FADEPOF y APLA, por Carla Musso .
D – LEGISLACIÓN
- Ley 26.689. Personas con Enfermedades Poco Frecuentes. Cuidado integral de la salud .
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