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El proyecto, presentado por Martín Tetaz, propone la conformación de una comisión paritaria compuesta por 2 delegados obreros y 2 delegados patronales, que actuarán por las organizaciones numéricamente más representativas de los mismos.
Asimismo, se detalla que, en el caso de que la representación de los delegados patronales sea ejercida por representantes de los administradores de consorcios de propietarios, las modificaciones porcentuales de las retribuciones no pueden exceder en ningún caso -incluye conceptos especiales como bonos- lo que surja de computar el 50% del incremento equivalente al porcentaje de aumento otorgado a las jubilaciones mínimas y el restante 50% por el índice salarial Ripte que se haya obtenido en los 12 meses anteriores a que tenga lugar la paritaria.
Puntos clave del proyecto:
1. Establece un tope a las paritarias cuando no haya en la negociación nadie representativo de los que pagan las expensas.
2. El tope se calcula mediante el promedio entre el aumento de las jubilaciones y el aumento de los salarios registrados -índice Ripte-.
3. Cada Consejo de Administración puede aumentar por encima del tope si así lo desea.