La Jueza recalcó en sus fundamentos el art. 41 de la CN, la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, la ley nacional 14.346 que les otorga la posibilidad de ser susceptibles víctimas de actos de crueldad, y los art. 26 y 27 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ledesma Diego Alberto sobre 1- Ley de Protección al Animal, malos tratos o actos de crueldad – Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas n°3 – 6/7/2022
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