fbpx

#Legislación Fiestas 2021: Se otorga asueto para la administración pública nacional los días 24 y 31 de diciembre

Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.


Título: DECRETO N° 861/2021 – Administración Pública Nacional. Personal. Asueto. Otórgase.

Tipo: DECRETO

Número: 861

Emisor: Poder Ejecutivo Nacional

Fecha B.O.: 17-dic-2021

Localización: NACIONAL

Cita: LEG117902

VISTO el Expediente Nº EX-2021-121542449-APN-DGDYL#MI, la Ley N° 27.399 , y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley N° 27.399 les otorga carácter de feriados nacionales inamovibles a los días 25 de diciembre y 1° de enero de cada año.

¿Aún no estás suscripto a Microjuris? Ingresá aquí.

Que los días 24 y 31 de diciembre del año en curso, vísperas de las festividades de la NAVIDAD y del AÑO NUEVO, son días laborables.

Que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo para todas las familias argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio.

Que, en atención a ello, se considera conveniente otorgar asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre del corriente año.

Que el servicio de asesoramiento jurídico permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 , inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Otórgase asueto al personal de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL los días 24 y 31 de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a los distintos organismos para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales.

ARTÍCULO 3°.- Aclárase que la presente medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ – Juan Luis Manzur – Eduardo Enrique de Pedro

Suscribete
%d