Ante el incendio del vehículo y teniendo en cuenta que la empresa que lo comercializaba conocía el desperfecto que presentaba ya que en EEUU y Canadá se habían retirado de la comercialización camionetas similares por vicios de fabricación, corresponde condenar al fabricante y a la empresa importadora debiendo sustituir el vehículo adquirido por el actor para uso personal y para la sociedad que encabeza, por uno de igual valor e idénticas características, además de abonar la suma de $5.000.000 en concepto de daño punitivo.
OYS Ingeniería S.R.L.; Russo Abdo, Salvador Rafael contra F.C.A. Importadora S.R.L. por acciones Ley de Defensa del Consumidor – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 5ta. Nominación – 10/08/2021
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