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Ante la medida cautelar interpuesta por argentinos varados en Estados Unidos la línea aérea deberá reprogramar el vuelo en el término de 72hs, debiendo informar, en dicho plazo, el número de vuelo, el día y la hora, y/o cualquier otro dato indispensable que permita a los actores conocer de manera cierta y concreta la fecha de regreso
Bittar, Nazario Eduardo y Otra C/ American Airlines Inc. Sucursal Argentina, -Medida Cautelar Autosatisfactiva- (Expte. Nro 5249/2021) – Juzgado Federal de Córdoba 2 – 5/07/2021
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