En el día de la fecha, la Secretaría de Comercio mediante la Disposición 357/2021 incorporó determinados servicios a la Resolución nº 316/2018 mediante la cual se estableció que determinadas actividades que posean páginas web deben tener, a simple vista y en el primer acceso, el link mediante el cual el consumidor podrá solicitar la baja del servicio contratado.
Los nuevos servicios incorporados son:
a. Servicios de suscripción a contratos de ahorro previo.
b. Servicios de seguros.
c. Servicios turísticos de tiempo compartido.
d. Servicios de suscripción a streaming o de distribución digital de contenido multimedia.
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