El DNU 241/2021 estableció las siguientes medidas publicadas hoy en el boletín oficial, que ya se encuentran vigentes y regirán hasta el 30 de abril.
- Limitación a la circulación nocturna desde las 20 a las 6 horas;
- El transporte público podrá ser utilizado únicamente por personal esencial, quienes deberán tener el Certificado Único Habilitante para la Circulación – Emergencia Covid-19;
- Suspensión de las clases presenciales en todos los niveles desde el 19/4 al 30/4 en el AMBA;
- Los comercios, salvo los esenciales, deben permanecer cerrados entre las 19 y las 6 horas. Los shoppings deben permanecer cerrados;
- Los bares y restaurantes podrán abrir entre las 6 horas y las 19 horas, habilitando mesas únicamente al aire libre, luego podrán continuar con la modalidad delivery o take away;
- Quedan prohibidas hasta el 30 de abril todas las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos cerrados;
- Dispensa laboral para adultos responsables a cargo de niños, niñas y adolescentes, embarazadas, personas de riesgo, mayores de 60 años -excepto esenciales-. Estos trabajadores y trabajadoras recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual, neta de aportes y contribuciones al Sistema de Seguridad Social.
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