En relación al DNU 34/2019 es necesario que el abogado revea lo resuelto jurisprudencialmente en su competencia territorial, principalmente en cuanto a la ley 25.561. Ello así porque los jueces no han interpretado de manera uniforme las disposiciones de la mencionada norma y ese antecedente puede resultar importante al momento de anticipar las posibles resoluciones judiciales.
Conceptos que están indiscutiblemente contemplados en la norma: El art. 245 LCT y el art. 212 tercer párrafo LCT.
Conceptos dudosos: La jurisprudencia estuvo dividida en cuanto a si el preaviso (art. 232 LCT) y la integración de mes (art. 233) están comprendidos en la norma. Por ejemplo en CABA no hubo uniformidad y en la Provincia de Buenos Aires la Corte sostuvo que sólo se duplica el art. 245.
Art. 2 de la ley 25.323: Es más probable que no se incluya ya que lo que sanciona es el pago fuera de término del art. 245 y el preaviso.
Conceptos excluidos:
Art. 80 LCT
Art. 182 LCT
Art. 1 Ley 25.323
Arts 8 a 10 Ley 24.013
Art. 15 Ley 24.013