Tipo: RESOLUCIÓN
Número: 151
Emisor: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable
Fecha B.O.: 28-mar-2017
Localización: NACIONAL
Cita: LEG85681VISTO: El expediente CUDAP: EXP-JGM: 0034381/2016 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 24.375 , el Decreto Nº 1347 de fecha 10 de diciembre de 1997, las Resoluciones ex SAyDS Nº 91 de fecha 27 de enero de 2003 y N° 69 de fecha 3 de febrero de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 24.375 se aprueba el Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual en su artículo sexto establece que cada Parte Contratante, con arreglo a sus condiciones y capacidades particulares: «a) Elaborará estrategias, planes o programas nacionales para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica o adaptará para ese fin las estrategias, planes o programas existentes, que habrán de reflejar, entre otras cosas, las medidas establecidas en el presente convenio que sean pertinentes para la Parte Contratante interesada; y b) Integrará, en la medida de lo posible y según proceda, la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica en los planes, programas y políticas sectoriales o intersectoriales».
Que por Decreto Nº 1347/97 se designa como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 24.375 a la entonces SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y se crea la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA CONSERVACION Y UTILIZACION SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA (CONADIBIO).
Que, es función de la CONADIBIO, entre otras, elaborar y proponer a la Autoridad de Aplicación, para su aprobación, la Estrategia Nacional sobre la Diversidad Biológica.
Que por Resolución ex SAyDS N° 91/03 se adopta el documento ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE DIVERSIDAD BIOLOGICA, y se encomienda la inclusión del mismo como tema de agenda de la CONADIBIO a la entonces COORDINACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, actual DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD Y RECURSOS HÍDRICOS, de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO AMBIENTAL DEL TERRITORIO, de la SECRETARÍA
DE POLÍTICA AMBIENTAL, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO SUSTENTABLE, del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE.
Que, en el año 2010, por decisión UNEP/CBD/COP/DEC/X/2, en el marco de la Décima Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se adopta el Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011-2020, con sus Metas de Aichi anexas, y se insta a las Partes y otros gobiernos a aplicar, con el apoyo de organizaciones intergubernamentales y otras, según corresponda, dicho plan, y en particular que: «b) Establezcan metas nacionales y regionales, tomando el Plan Estratégico y sus Metas de Aichi como un marco flexible, de conformidad con las prioridades y capacidades nacionales y teniendo en cuenta tanto las metas mundiales como el estado y las tendencias de la diversidad biológica en el país, y con los recursos proporcionados mediante la estrategia para la movilización de recursos, con vistas a contribuir a los esfuerzos colectivos mundiales por alcanzar las metas mundiales (.); c) Revisen, y actualicen y modifiquen según proceda, sus estrategias y planes de acción nacionales en materia de diversidad biológica, con arreglo al Plan Estratégico y la orientación adoptada en la decisión IX/9, incluso mediante la integración de sus metas nacionales en sus estrategias y planes de acción nacionales sobre la diversidad biológica, adoptados como un instrumento de política, e informen al respecto a la Conferencia de las Partes en su 11ª reunión o 12ª reunión».
Que en función de lo expresado en el párrafo anterior se llevó a cabo en el marco de la CONADIBIO un proceso de elaboración de una nueva ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD, en el cual se revisaron y actualizaron los antecedentes disponibles y se estableció un PLAN DE ACCIÓN 2016-2020.
Que dicho proceso fue ampliamente participativo y consultivo, interviniendo en el mismo diferentes áreas de todos los niveles de gobierno, sectores privados, académicos, científicos y no gubernamentales, de acuerdo al REGLAMENTO aprobado por Resolució
n ex SAyDS Nº 69/10.
Que a fin de avanzar en su implementación corresponde adoptar la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD y PLAN DE ACCIÓN 2016-2020.
Que en igual sentido corresponde encomendar a la DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD que en el marco de la SECRETARÍA TÉCNICA de la CONADIBIO arbitre los medios necesarios para impulsar la implementación de la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD y PLAN DE ACCIÓN 2016-2020.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N° 1347/97 y la Ley de Ministerios N° 22.250 – T.O. Decreto N° 438/92-, modificatorios y complementarios.
Por ello,
EL MINISTRO
DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Adóptese la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD y PLAN DE ACCIÓN 2016-2020, la cual se acompaña como Anexo I y es parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE FAUNA SILVESTRE Y CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD que en el marco de la SECRETARÍA TÉCNICA de la COMISION NACIONAL ASESORA PARA LA CONSERVACION Y UTILIZACION SOSTENIBLE DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA arbitre los medios necesarios para impulsar la implementación de la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA BIODIVERSIDAD y PLAN DE ACCIÓN 2016-2020 que por la presente se aprueba.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. ? Sergio Alejandro Bergman.