¿Los beneficiarios del personal del servicio doméstico pueden ejercer la opción de cambio de obra social?

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trabajo_domesticoFecha: 15-jul-2014

Cita: MJ-MJN-80330-AR

Sí, pueden hacerlo eligiendo cualquiera de las obras sociales sindicales, a excepción de las que se encuentran en crisis (concurso preventivo sin acuerdo homologado). Pueden hacerlo desde el inicio de la relación laboral y luego, una vez al año. Se efectiviza el primer día del tercer mes posterior a la presentación de la solicitud y, mientras tanto, la obra social de origen debe cubrir las prestaciones.

Hay que tener en cuenta que una vez efectuada la opción de cambio, no hay posibilidades de retractarse, salvo en casos muy excepcionales y por razones debidamente fundadas.

Consulta a cargo de la Dra. María C. Cortesi.

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