Número: 26876
Emisor: Poder Legislativo Nacional
Fecha B.O.: 6-ago-2013
Localización: NACIONAL
Cita: LEG56831
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º – Declárase en todo el territorio de la Nación el día 27 de junio de cada año como el «Día del Trabajador del Estado».
ARTICULO 2º – Establécese el 27 de junio como día de descanso para los empleados de la administración pública nacional, en los que no se prestarán tareas, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales.
ARTICULO 3º – Invítase a las provincias y municipios de toda la República a instaurar el 27 de junio como día de descanso en las respectivas administraciones públicas, con los efectos dispuestos en el artículo 2º de la presente.
ARTICULO 4º – Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL TRECE.
– REGISTRADA BAJO EL Nº 26.876 –
AMADO BOUDOU. – JULIAN A. DOMINGUEZ. – Gervasio Bozzano. – Juan H. Estrada.