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Título: Salud. Transporte público de pasajeros. Mujeres embarazadas. Beneficio de gratuidad.
Emisor: Poder Legislativo de la Provincia de Buenos Aires
Fecha B.O.: 12-dic-2012
Localización: BUENOS AIRES
Cita: LEG50979
Artículo 1.- Establécese el beneficio de gratuidad en el transporte público de pasajeros para las mujeres embarazadas, durante la totalidad del período gestacional y hasta los tres (3) meses posteriores al nacimiento, el que consistirá en un pasaje de ida y vuelta por mes, para la realización de los controles periódicos y que no puedan realizarse los mismos por falta de recursos.
Artículo 2.- Determínase la extensión de un pase libre que podrá ser utilizado en las líneas urbanas e interurbanas de transporte público de pasajeros de jurisdicción provincial.
La Autoridad de Aplicación determinará los requisitos necesarios para su extensión, como los datos que contendrá el referido pase.
Artículo 3.- El Poder Ejecutivo determinará la compensación de los costos derivados para la instrumentación del beneficio establecido en la presente ley, como asimismo verificará el cumplimiento de la presente.
Artículo 4.- Invítase a los Municipios que comprenden el territorio bonaerense a adherir a la presente Ley.
Artículo 5.- El Poder Ejecutivo designará la Autoridad de Aplicación.
Artículo 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.